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TEOLOGÍA MORAL FUNDAMENTAL
Capítulo Cuarto (a) MORAL APLICADA.
1. Elementos para una política de Derechos humanos en Colombia. (Carlos Enrique Angarita) 1.1. Aspectos centrales de la realidad colombiana a tener en cuenta para formular una política en Derechos Humanos. 1.2. Principios generales para una política pública en Derechos Humanos. 1.3. Objetivos centrales de la política en Derechos Humanos. 1.4. De los actores al sujeto social en la defensa de los Derechos Humanos en Colombia. 1.5. Criterios para un diseño estratégico de la política pública en Derechos Humanos. 1.6. Acerca del recurso básico de la política pública en Derechos Humanos. 2. Mímesis, mercado y sacrificio: reflexión sobre las víctimas en la era de la globalización. (Roberto Solarte) 2.1. Mímesis y violencia: la perspectiva de René Girard. 2.2. Múltiples sentidos de la globalización. 2.3. La globalización como fenómeno financiero y económico. 2.4. Carácter religioso de la globalización. 2.5. Hacia una ética global. 2.6. La emergencia de alternativas en la globalización.
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1. Elementos para una política pública en Derechos Humanos en Colombia.
Este capítulo tiene como propósito señalar los lineamientos principales que, a nuestro juicio, se deben tener en cuenta para formular políticas generales en materia de derechos humanos en Colombia. Se trata de proponer los fundamentos y principios, de definir los objetivos y las estrategias, de señalar los recursos y, sobre todo, de identificar los actores que han de construir esa política global, a todas luces inexistente en la actividad pública de nuestro país. En este ejercicio analítico y propositivo obviamente se tendrá en cuenta los basamentos teóricos que presentados en el primer capítulo.
1.1. Aspectos centrales de la realidad colombiana a tener en cuenta para formular una política en Derechos Humanos. Para hacer cualquier propuesta de política pública es necesario partir de los aspectos que caracterizan la realidad colombiana y que enmarcan el contexto dentro del cual se intentaría colocar al centro de la dinámica social la realización de los derechos fundamentales del hombre.
Según fue expuesto en el segundo capítulo, se debe tener en cuenta que abanderar propuestas de derechos humanos en Colombia implica el intento de colocar un referente de convivencia más allá de la tradicional lucha por el poder que ha caracterizado nuestra formación social, especialmente en las tres últimas décadas de la República. Esta consideración pasa por el reconocimiento de que ningún factor de poder ha logrado imponerse de manera continua por el tiempo necesario para consolidar los aspectos que garanticen la unidad nacional y la constitución de un Estado capaz de llevar a cabo las mínimas tareas que le exige el concepto moderno: la independencia nacional, la expansión de la ciudadanía y la modernización de la infraestructura básica para el desarrollo industrial. La tarea de hacer vigentes los derechos humanos pasará por un proceso -seguramente penoso y largo- de articulación de un Estado (cuyo modelo no se ha perfilado en la historia de nuestro país y aún está por definirse) que logre superar los intentos fallidos de consolidación del Estado colombiano, referidos en nuestro análisis: el de la década de los años 40´s (según un cierto modelo de Estado de Bienestar), el del Frente Nacional (de acuerdo con los principios de un Estado Desarrollista) y más recientemente en 1991, el postulado en la Asamblea Nacional Constituyente (tendiente al modelo de Estado Neoliberal en franca tensión con las múltiples fuerzas locales y sectoriales). Lo cierto es que sin duda alguna los derechos humanos requieren de un poder representativo claro y suficientemente amplio como para recoger las aspiraciones sociales de los distintos sectores de la población colombiana.
La disgregación del poder estatal en múltiples micropoderes que intentan imponer su lógica de dominación nos revelan la ineficacia de la sociedad y del Estado colombianos para regular los conflictos y, a cambio, el reiterado uso de la violencia para el ejercicio de la política. Bajo el criterio de que los intereses particulares de los diversos sectores de la sociedad -principalmente los dominantes- equivalen al interés general y de que ellos deben realizarse a toda costa, se ha terminado por entender lo político, entre los distintos actores, como la inevitable confrontación amigo/enemigo, lo cual significa el objetivo primordial de excluir simbólica y realmente de la integración social al contrincante. Quienes se han apropiado de los recursos del Estado han logrado utilizar sus mecanismos de coerción y represión en función de sus objetivos sectarios y como dispositivo de eliminación de los opositores: el uso de la fuerza ha provocado la proliferación de opciones armadas particulares y la desnaturalización del sentido y función de la ley, la cual pocos acatan y más bien burlan de manera deliberada en la vida cotidiana.
En consecuencia, en Colombia todavía está por definirse consensualmente el modo de ajuste de las diferencias que funde un principio regulador eficaz -desde el Estado- alternativo al uso atávico de la violencia. La política de derechos humanos debe aportar a la superación de la ideología de la Seguridad Nacional, máxima expresión del control, de la desconfianza, del terrorismo, del miedo y de la práctica de la exclusión. El nuevo Estado debe reemplazar el acostumbrado enfoque de las macropolíticas técnico-administrativas y de las políticas de sometimiento para salvaguardar el orden público, por otras de carácter social y cultural que asuman la subjetividad de la población y permitan la reconstrucción del tejido social como tarea prioritaria. Una nueva praxis de convivencia habrá de aportar a la interiorización del reconocimiento del otro como individuo y como probable actor social, antes que a la defensa institucional del establecimiento y, de paso, de los poderes dominantes.
De otro lado, desde la perspectiva de la ley y del sistema jurídico se mostró en el capítulo inmediatamente anterior de qué manera el sistema judicial en Colombia fue constituyendo en las últimas décadas la sociedad del control o disciplinar, cuyas características generales se describieron, desde el análisis sugerido por M. Foucault en el primer capítulo. En efecto, de ser un instrumento regulador de la vida social el derecho penal pasó a ser un instrumento del Estado para su propia defensa y lo llevó a convertirse en vigilante preventivo de muchas conductas ciudadanas, que aparentemente se alzaban como amenazas contra la seguridad del poder estatal. Esas conductas en un comienzo fueron catalogadas como excepcionales pero finalmente se entendieron dentro de la legislación penal como formas de actuar permanentes, lo que dio lugar a la incorporación de las normas en la legislación ordinaria. En ella han tenido lugar mecanismos de juzgamiento y castigo de muy diversa índole en los que claramente se violan los principios elementales de los derechos humanos. Por eso, el derecho internacional de derechos humanos no ha guiado la formulación de esa jurisprudencia desde la óptica del Estado y obliga a llamar la atención para cimentar una nueva cultura del derecho que en Colombia se rija por los postulados modernos de la defensa de la vida, la igualdad y la libertad.
Se trataría entonces de empezar por el reconocimiento de parte del Estado de que los principios de los derechos humanos no han fundado el derecho penal actual y que sus prácticas consecuentes los han violado, dando lugar a consolidar una tradición contraria al espíritu social y político de las relaciones simétricas a las que aspira la cultura moderna. Los cambios a proponerse, pues, deben afectar los principios vigentes de la legislación penal que nos rige y que oriente la dinámica de interacción social hacia otros objetivos diferentes a los de la acumulación de poder en favor de sectores élites específicos.
1.2. Principios generales para una política pública en Derechos Humanos. El recorrido por la historia reciente del poder en Colombia permite ver la pugna irresoluta entre los principales factores con mayor opción de incidencia en los destinos del país pero, particularmente, las dificultades para el ejercicio de gobierno por parte del Estado. De hecho el Estado no consigue ser un referente ideológico ni social que cohesione a las mayorías nacionales o que las congregue en torno a sus políticas en cualquier área. Esto conduce a una situación permanente de crisis de gobernabilidad, como bien la identifica J. C. Portantiero para el caso de América Latina (nota 01). Por ello, el Estado carece de representatividad y termina siendo el instrumento de uso para cualquier sector de los que están en disputa con la pretensión, muchas veces inocultable, de canalizar a través suyo los intereses particulares que defiende y que justifica como intereses generales. Es una manera específica de vivir el conflicto que, en todo caso, atraviesa a los países del continente latinoamericano como resultado de la dinámica actual de globalización y transnacionalización que tiende a restringir las funciones y el papel del Estado a los ámbitos de control y coerción, desentendiéndose de las responsabilidades sociales (nota 02).
El anterior contexto pone en evidencia la crisis de aceptación de las iniciativas estatales y, por tanto, la necesidad de que las políticas públicas se propongan como aspecto central la construcción de legitimidades sociales o la validación de su acción de cara al conjunto social. Ese aval que otorgan los segmentos de población debe pasar por la consideración de que la voluntad subjetiva de los mismos se exprese y participe en la formulación de los contenidos y los objetivos a realizar.
Para el caso de una política pública en derechos humanos, además, se requiere que la misma asuma un proceso continuo de formulaciones y reformulaciones y entienda que la riqueza de la misma está precisamente en esa dinámica y no tanto en la obtención de unos resultados que para este caso, entre otras, muy probablemente tardarían en hacerse visibles. Complementariamente, si se asume la dimensión cultural que reclama una política en este campo se debe aceptar igualmente que su construcción tendrá mucho de intuitiva y argumental, según lo que sugieran los actores directamente involucrados de acuerdo con sus realidades y tradiciones, y poco de racionalista, conceptual o técnico-normativa. En esta dirección es de esperarse como procedimiento de elaboración el debate permanente y la creativa definición de valores y categorías, logro tangible del encuadre hecho por parte de amplias capas portadoras de intereses diversos y opuestos, que han de regir la vigencia de los derechos humanos en Colombia.
Este debate desarrollado a través de una negociación continua (perspectiva nueva en la elaboración de una política pública) tiene como fundamento la explicitación del compromiso ético de las partes, pues definir derechos humanos implica, como bien fue indicado en el capítulo introductorio, la opción por valores fundamentales que, aunque universalmente definidos por la Modernidad, en la práctica deben ser repensados para su jerarquización por cada sociedad, de acuerdo con sus demandas específicas.
En este marco de principios se debe advertir de entrada una restricción propia del caso colombiano que influye decisivamente en cualquier iniciativa pública y más tratándose de los derechos humanos: el contexto de violencia como manifestación concreta de las abismales asimetrías sociales y de la polarización de los actores potencialmente implicados en la confección de dicha política. Esto hace que los intereses, de entrada, sean vistos sobre todo como opuestos e irreconciliables entre los actores que luchan por el poder y que cada uno se sienta poseedor de la "única" y "verdadera" interpretación sobre lo que son los derechos humanos. Esta tiene por lo menos dos aristas a considerar.
En primer lugar se trata de que cada actor acepte la relevancia del tema de los derechos humanos en su proyecto de sociedad. Y en segundo lugar que asuma la necesaria dinámica conflictiva en la construcción de esa verdad dentro de la cual cada parte posee alguna porción de ella (recuérdese la interpretación del desvelamiento de la verdad en la Tragedia de Edipo Rey, hecha por Foucault) que muy probablemente se corresponde a alguna de las corrientes de interpretación construidas a lo largo de la historia generacional moderna de los derechos humanos. Pero en esa dinámica conflictiva, donde seguramente se deberá definir el sujeto de los derechos humanos en Colombia, la importancia dada al tema tendría que concederle una prioridad por parte de todos los actores, pues son esos derechos los que regularían la dinámica social y las orientaciones fundamentales del Estado en construcción.
Sobre estos aspectos -sobre los cuales más adelante se ahondará- se puede afirmar en principio que, en todo caso, ese sujeto de los derechos humanos en Colombia debe incorporar a segmentos de la población civil que no son parte directa ni de la lucha por el poder ni de la confrontación armada. De comienzo esas franjas constituirían fragmentos de la verdad sobre los derechos humanos que no ostenta el poder y que eventualmente pueden aportar a su edificación. Este argumento tiene una doble fuerza que evitaría cualquier suspicacia para calificarlo como de ingenuo. Por una parte, porque no se puede subestimar el poder movilizador del símbolo, que en tanto real aspecto de la conciencia y de la sicología humana es posible ser recreado virtualmente en el contexto de cualquier sociedad moderna y periférica actual (la dimensión intuitiva y argumentativa, claramente subjetiva, de la política en medio de la sociedad de la información); y, de otro lado, porque la gestación y apropiación de los derechos humanos por las distintas sociedades que, bien o mal lo han hecho, ha sido siempre en el contexto de luchas sociales -políticas y militares- de grandes proporciones. En este sentido se admite entender el actual momento de la sociedad colombiana como un período de confrontación y reacomodo en su desarrollo, similar al que han tenido otras formaciones sociales, y donde finalmente -si así se lo proponen los principales actores- es factible adjudicarle un lugar privilegiado a la política en derechos humanos mediante un peculiar consenso entre colombianos.
En consecuencia, el gran objetivo inspirador de esta política es la construcción del Pacto Democrático que halla sus raíces más profundas en la filosofía política de Rousseau aunque con ingredientes modernos actuales que modifican el enfoque de realización y que tienen que ver con el carácter altamente conflictivo de la sociedad colombiana. No se puede suponer que el tránsito de los intereses particulares al interés general se dé en forma armónica y estable, sino más bien en medio de fuertes contradicciones en los que cada parte tratará de imponer su criterio. Como fue dicho en el primer capítulo, esta suposición ha dado lugar a la existencia de los Estados totalitarios o a los despotismos dictatoriales, presentándose ambos como representaciones de la voluntad general y como necesidad insoslayable para defender el destino histórico de una integración. Sin embargo, al postulado fundamental de la factibilidad de un pacto social no puede renunciarse sabiendo que su perspectiva abre la esperanza de mantener siempre vigentes las relaciones Estado-Sociedad en el marco de una permanente tensión que en sí misma no desdice de la validez del proyecto sino que plantea el reto de un tratamiento adecuado, de una manera de abordar las diferencias a partir del reconocimiento de los demás como actores sociales (nota 03). Se trata de "un compromiso sobre el marco institucional dentro del que deberá desplegarse la acción social conflictiva, sin disolver las diferencias mediante el recurso a un principio articulador simple (la nación, la clase, el mercado) pero garantizando, a la vez, un orden basado en procedimientos reconocidos como soportes válidos de las decisiones" (nota 04).
La política en derechos humanos, entonces, debe ser una referencia fundamental que aporte en la definición de los procedimientos de ese pacto permanente, constituido por una serie continua de pactos, y que plantee los principios fundantes del pacto social. A su vez, la política en derechos humanos en Colombia, por momentos, se inscribirá en el marco del Pacto Democrático que discuta los límites institucionales por excluir a sectores de la población, es decir, lo que tiene que ver con el proyecto global de convivencia y con la desactivación de la guerra como forma fundamental de hacer política.
1.3. Objetivos centrales de la política en Derechos Humanos. En el caso colombiano el norte de una política pública en derechos humanos estaría orientado por los siguientes objetivos centrales:
En sentido negativo el proyecto debe evitar la perpetuación de las distancias entre el Estado y la Sociedad, expresadas de dos maneras: en la tentación de absolutizar la construcción de Estado bajo el pretexto de salvar la existencia de la sociedad, cayendo a la larga en todo lo contrario, en la disolución de los agentes sociales, políticos, culturales y económicos más dinámicos; o en la disgregación del interés general a través del afianzamiento de los círculos privados que desconocen la dimensión de lo público y atropellan sin recato los intereses de los sectores más débiles.
1.4. De los actores al sujeto social en la defensa de los Derechos Humanos en Colombia. Parte decisiva de una política pública es la constitución de sujetos que la encarnen, que se la apropien y que la impulsen. Es más, la razón de una política es lograr que ella promueva la creación de esos sujetos más allá de los posibles resultados externos, aquellos que en no pocas ocasiones se convierten en criterio exclusivo para validar la política. De aquí la importancia de pensar el significado del sujeto y de caracterizar los actores que más directamente harían parte de esa política en derechos humanos en nuestro país. Quién es el Sujeto Social Se demostró cómo las relaciones sociales actualmente existentes en Colombia anulan el yo. Las formas de violencia que aquí se dan no son otra cosa que la expresión sui generis de este drama, también vivido por todas las sociedades modernas. Lo cierto es que la confrontación armada, en este caso, actúa como la principal causa para negar la configuración de sujetos sociales y exacerba aún más las violencias como una espiral casi infinita. El resultado ha sido la ruptura del tejido social, de formas tradicionales de relacionamiento, desarraigos de la tierra y de las comunidades, pérdidas de identidades que de algún modo daban sentido a la vida de sectores determinados de colombianos. En síntesis: encontramos unas subjetividades destruidas y en crisis, sin la aparente opción de reconstituirse.
En el primer capítulo fue denunciado cómo el proyecto moderno separó al sujeto individual de la sociedad y creó una tensión irreconciliable entre el yo personal y la racionalidad social de carácter político y/o económico. No obstante a la cultura Moderna hay que reconocerle la conciencia del hombre como sujeto-en-el-mundo, como un ser con capacidad de autonomía, de iniciativa propia, que lo diferencia de la naturaleza y lo independiza de cualquier fuerza metafísica, y este es un proyecto irreversible al que no está dispuesto a renunciar. De modo que esa escisión sigue siendo una situación por superarse, el reto para realizar la condición humana: ¿Cómo salvaguardar las aspiraciones individuales y al mismo tiempo desarrollar las dimensiones sociales de hombres y mujeres?
La respuesta en la cultura y en las circunstancias de nuestra sociedad colombiana pasa por abrirle oportunidades a la constitución del sujeto cuya noción debe ser resignificada. Tal vez no se trata de la disyuntiva entre sujeto o sociedad (pues se da la alternativa de negar al uno o a la otra o, de otra manera, de afirmar la racionalidad instrumental en un caso o el individualismo sin límite en el otro), sino de sugerir el tipo de sujeto y de sociedad que puedan desarrollarse cada uno y mutuamente, sin absorberse o diluirse entre ambos. Se trata, pues, de realizar humanamente la condición personal y la sociedad, garantizar que la especie se plenifique sin detrimento de nada ni de nadie.
El problema está en que el individuo logre hacerse actor de su propia historia y de la de otros sin suplantar a nadie y sin sentirse perdido en el cumplimiento formal de una obra colectiva que experimenta ajena. Debe actuar para alcanzar en la acción la capacidad de ser creativo porque reconoce la existencia de los demás y ve cómo aporta a la transformación de su entorno. "El Sujeto es el paso del Ello al Yo, el control ejercido sobre lo vivido para que tenga un sentido personal, para que el individuo se transforme en actor que se inserta en unas relaciones sociales transformadoras, pero sin identificarse nunca completamente con ningún grupo, con ninguna colectividad. Porque el actor no es aquel que actúa conforme al lugar que ocupa en la organización social, sino el que modifica el entorno material y sobre todo social en el que está colocado al transformar la división del trabajo, los modos de decisión, las relaciones de dominación y las orientaciones culturales" (nota 05). Entonces no se trata de reivindicar determinismo alguno, órdenes sociales establecidos eternamente, racionalismos instrumentales absolutamente eficaces en los que el individuo irremediablemente se ha de inscribir, como nos lo han querido exigir las dos grandes instituciones modernas: el Estado y el Mercado. Tampoco se trata de caer en el subjetivismo, a la postre falsa conciencia. "El sujeto sólo se define por su relación, a la vez de complementariedad y de oposición, con la racionalización. Es incluso el triunfo de la acción instrumental, por medio de la cual desencanta el mundo, lo que hace posible la aparición del sujeto. Este no puede existir mientras el mundo sea animado, mágico. Es cuando el mundo pierde su sentido cuando puede empezar el reencantamiento del sujeto" (nota 06).
¿En dónde encontrar la conciliación entre el adentro y el afuera, entre la razón de cada hombre y la racionalidad social? ¿En dónde encontrar la vía para la realización de la libertad, esa posibilidad de decidir el destino propio y la posibilidad de participar en la elección del modelo social? Los grandes relatos modernos de realizar el "Espíritu", la "Razón" y la "Historia" en el Estado y en el Mercado parecen agotarse. Y no por ello podemos ni debemos pensar que sus existencias entran en desuso. Sólo que en ellos no se cancelan las opciones de realizar en el presente las subjetividades, bien porque no abarcan todos sus contenidos, bien porque incluso las pisotean y aniquilan.
Touraine ve la posibilidad de construcción y desarrollo del sujeto en la vida moderna a través del movimiento social: "El sujeto sólo existe como movimiento social, como contestación de la lógica del orden, ya adquiera ésta una forma utilitarista o sea simplemente la búsqueda de la integración social" (nota 07). Entiende el sujeto social como el actor que asume al tiempo y como propias tareas de subjetivación y de racionalización, esto es, hace suyas la defensa de valores y propugna por la transformación material del entorno, en conflicto permanente con otros actores a los que se les opone. Pero tampoco pide el compromiso absoluto con una causa más o menos predefinida pues esta actitud siempre deriva en el sometimiento a cualquier forma de racionalización que niega la libertad y la creatividad:
Desde la anterior perspectiva se piensa que en una política en derechos humanos se hace presente la lucha de diversos actores, los cuales han de proyectarse como sujetos, pues incorporan a su trabajo social la conciencia y la dimensión cultural del mismo. No se trata simplemente de obtener unas demandas específicas, por muy loables y justas que parezcan, ya que por sí solas no explican los fundamentos de la transformación de la situación humana, tanto personal como social, que está en juego. Más que cualquier otra lucha, la defensa de los derechos humanos exige la formulación de los valores primordiales sobre los que pretende erigirse un nuevo tipo de relaciones sociales y éstos no emergen por la genialidad de unos intelectuales, ni por la fuerza de algunos sectores, ni por la defensa de los intereses particulares, sino a través de la pugna de ideas entre quienes se piensan a sí-mismos-en-relación-con-otros, creándose colectivamente. En consecuencia, los movimientos sociales, como al que aspiraría una política en derechos humanos, movilizaría principios y sentimientos y se preocuparía "más de autogestión que de sentido de la historia y más de democracia interna que de toma del poder" (nota 09).
En concreto, la tarea consiste en promover dentro de los miembros de una integración social -en este caso la colombiana- la actividad de pensar las relaciones sociales específicas que se viven, no sobre parámetros prefabricados de un modelo social al que irremediablemente debe aspirarse, sino en la búsqueda de su lógica propia y de la comprensión de cómo se realiza o se bloquea la condición humana allí, las múltiples subjetividades, y qué es lo que potencialmente la puede desarrollar. El principio básico para adoptar este criterio es muy sencillo: en una sociedad globalizada como la actual en la que la información y la comunicación rompen fronteras hay que admitir que cada sociedad tiene sus formas propias de usar y resignificar esa información y de realizar sus mecanismos de comunicación, lo cual debe ser respetado y dinamizado, criterio que contraría abiertamente los propósitos de homogenización orientados desde los centros de poder mundiales y nacionales. En consecuencia, no se trata de adaptar a los individuos a órdenes sociales preestablecidos sino que incluso aprendan a resistirlos conscientemente y la sociedad se organice dentro de estas lógicas de oposiciones y conflictos, que decisivamente los tolere y asuma como forma de vida. Sólo así garantizamos el sentido último de los derechos humanos: que los seres humanos nos hagamos sujetos, ya no individuales como quiso la primera modernidad, sino sociales, porque sólo así existe el individuo y se protege de los absolutismos desintegradores que desatan el Estado y el Mercado o de la atomización individualista con sus falsas alternativas yoicas. Los actores en pugna De acuerdo al recuento histórico-jurídico del capítulo 3 se puede afirmar los principales actores en torno al tema de los derechos humanos en Colombia han sido las ONGs internacionales y los organismos intergubernamentales (que han presionado progresivamente al Estado colombiano para que lo incluya en su agenda de gobierno) el Estado colombiano (con sus diversos niveles de impacto entre las diferentes instancias que intervienen en la materia) y las ONGs nacionales. Estos han sido los protagonistas de las políticas y de los acontecimientos referidos al asunto, aunque las últimas han incidido en menor medida. Hacia adelante es imprescindible partir de ellos pensando unos parámetros generales de líneas de acción para desarrollar una política en derechos humanos, pero también hay que tener presentes otros actores que habría que potenciar, siempre con el criterio político de fortalecer las relaciones Estado-Sociedad en la vida pública, tal y como se ha repetido insistentemente.
La participación internacional en derechos humanos data de los finales de la década de los 70s, en el gobierno de Julio César Turbay Ayala. El inicio del proceso lo desencadenaron ONGs nacionales quienes, dentro de una coyuntura difícil en lo que al recorte de libertades ciudadanas se refería, efectuaron una campaña de denuncia por fuera del país sobre las actuaciones del gobierno nacional; encontraron eco en instancias intergubernamentales y no gubernamentales del exterior, especialmente en Amnistía Internacional, a partir de lo cual se ha sostenido una dinámica de visitas y de monitoría tanto de ONGs como de la ONU y la OEA.
Tuvieron que pasar 10 años de esa actividad para que dos Estados poderosos hicieran particularmente propio el tema: Estados Unidos con sendos informes conjuntos de las ramas del poder público sobre los derechos humanos en Colombia, y Alemania quien negó la entrada de oficiales del ejército colombiano a su país aceptando con ello las acusaciones por violación a los derechos humanos de que eran objeto por parte de varias ONGs europeas. En general esto ha obligado al Estado colombiano, principalmente en el gobierno de Ernesto Samper, a producir por lo menos respuestas formales, cuando no a hacer efectivas algunas medidas disciplinarias, sometiéndose a ese condicionamiento para habilitar el abordaje de otros temas bilaterales.
Finalizando el siglo se puede afirmar que, del conjunto de los actores internacionales que han intervenido en el tema de los derechos humanos en nuestro país, son estos dos Estados los que tienen mayor peso, hasta el punto que el gobierno norteamericano de Bill Clinton definió este tema como uno de los de la agenda permanente en las relaciones con Colombia. Las ONGs y los organismos intergubernamentales, con más trayectoria en este campo dentro de Colombia, no han conseguido nada de lo que exigen y condicionan estos gobiernos tan poderosos. ¿Por qué? Porque los Estados sí pueden usar este recurso de presión ya que cuentan con el poder para hacerlo y tienen la convicción de que, aunque su aplicación esté por fuera del espíritu de los derechos humanos, en rigor tampoco viola ninguna norma internacional.
Lo preocupante para una política en derechos humanos acerca del uso de este mecanismo es que las consecuencias no son siempre favorables para quienes se convierten en objeto del condicionamiento, en particular cuando lo que está en juego es el tema de los derechos humanos. Por ejemplo, no es claro que los gobiernos de Estados Unidos y Alemania se encuentren realmente interesados en defenderlos (menos cuando ellos mismos son blanco de denuncias de sectores internos y externos o cuando en el caso del gobierno norteamericano él se ha encargado por décadas de la formación de la oficialidad colombiana entre quienes están los militares que denuncia) (nota 10) sino que, más bien, encuentran en este discurso un buen pretexto para comprometer al Estado colombiano en obligaciones económicas a favor de multinacionales que tienen sus casas matrices en esos países. De tal forma, los derechos humanos se convierten en un comodín de uso en el momento preciso de establecer una negociación económica y no necesariamente significan un fin en sí mismos. Con una actitud semejante, esos Estados pueden terminar optando por vincularse a procesos de diálogos y negociación en el país -como también lo vienen haciendo- y permitir que las violaciones en derechos humanos se hagan objeto de transacción política pues los intereses suyos se habrían de garantizar en otros planos y temas distintos de los posibles acuerdos que se consigan.
Con este análisis se quiere llamar la atención sobre la necesidad de que la participación de los actores internacionales en una política pública en derechos humanos sea limitada en el uso de la condicionalidad como instrumento de presión política sobre los actores internos. Por ésta se hace referencia a "formas de condicionamiento en sentido negativo (y no es forzoso que lo sea) y remite inmediatamente a la pregunta por el sujeto que condiciona (un país, un organismo multilateral) tanto como por el contenido del condicionamiento (por ejemplo la cooperación internacional), en el supuesto de que el condicionado sea un Estado; condicionado que no es siempre idéntico al destinatario de la eventual sanción que bien puede ser un pueblo entero o una parte débil del mismo" (nota 11). Más allá, Founou-Tchuigua precisa:
Esta cuestión toma mucha fuerza en el contexto de globalización actual y se utiliza para empezar, continuar, profundizar o aligerar intercambios comerciales, además de que permite consolidar una imagen mundial de defensor de derechos humanos por parte de quien condiciona. Para el presidente Ernesto Samper fue un tema de preocupación pues lo padeció en carne propia: "El cumplimiento de una política de defensa de los derechos humanos se ha convertido en una condición para la apertura de nuevos mercados, posibilidades de inversión y acceso a materiales estratégicos. Colombia no puede quedar marginada de la globalización de las oportunidades de desarrollo por el incumplimiento de unos compromisos básicos relacionados con la defensa de los derechos humanos" (nota 13).
En este marco de presiones estaría por verse el destino que tome la Corte Penal Internacional (CPI), creada el 17 de julio de 1998, en Roma, bajo los auspicios de la ONU. La propuesta cuenta con el visto bueno de 120 Estados pero hasta comienzos de 1999 sólo contaba con la firma de 30 de ellos, entre los cuales está el de Colombia, según lo hizo el gobierno de Andrés Pastrana.
La CPI tiene tres principios básicos: el de subsidiaridad, es decir, que no se sustituye el derecho interno de cada país por lo cual en cada Estado recae la responsabilidad primaria de castigar los crímenes; el de competencia inherente según el cual la Corte sólo puede conocer conductas cuando se ratifique el estatuto en cada Estado firmante; y el de responsabilidad individual que prevé evaluar la conducta de presuntos autores de los comportamientos contemplados en el estatuto. La CPI estaría integrada por 18 magistrados y por un fiscal elegido por votación secreta y por mayoría absoluta entre los miembros de la asamblea de Estados que acaten la CPI. Esta Corte aspira a evaluar los crímenes de genocidio, lesa humanidad, guerra, agresiones graves y atroces contra los derechos humanos.
Aún así, queda por verse, en caso de que definitivamente se constituya esta instancia internacional, que su obrar supere la ineficacia relativa de otros mecanismos de derechos humanos supuestamente supraestatales, como los de la ONU y la OEA, que, sin embargo, han hecho prevalecer los intereses de los Estados (más fuertes) por sobre los de los pueblos. La fuerza de la realidad muestra que "el orden mundial globalizado, que construye ahora nuevos espacios político-institucionales a partir, ciertamente, de los Estados, no deja de ser, en todo caso, asimétrico y jerarquizado. Contiene relaciones de poder... (De tal forma que) "no existe una "comunidad internacional" a la cual recurrir sino un campo de relaciones de poder. En general, la aceptación de este tipo de condicionalidades debería estar sometida a la condición de un replanteamiento global de las relaciones internacionales. Por lo menos a un avance en esta materia" (nota 14).
En síntesis, se trata de que en el nivel internacional se generen iniciativas para ir constituyendo actores que trasciendan los Estados y que sean capaces de limitar los poderes instituidos entre Estados y corporaciones multinacionales. Las ONGs internacionales son un punto de partida en esta dirección, pero se trataría de que acerquen esfuerzos y creen redes con objetivos comunes, uniéndose más estrechamente a los procesos de base dentro de los países y pensando los retos de una juridicidad alternativa que enfrente las condicionalidades tal y como se ejercen actualmente. La perspectiva sería la de nutrir con nuevos actores los escenarios globales diferentes a los ya conocidos organismos interestatales.
También encontramos como un actor de primera línea al Estado colombiano. En él, hasta el momento, ha recaído todo el peso de la dinámica y la responsabilidad sobre la realización de los derechos humanos en nuestro país. Una valoración inicial realmente no lo deja bien librado sobre la coherencia entre los principios rectores de los derechos fundamentales y la práctica llevada a cabo. En ello tienen que ver, a grandes rasgos, dos factores principales: su esencia como Estado -manifiesta en su quehacer, en la trama de relaciones que construye con la sociedad y en su funcionamiento interno, e igualmente en su organización, aspectos todos comprometidos en este tipo de política- que no ha logrado materializar los mínimos postulados propuestos por la cultura Moderna y, complementariamente, lo que tiene que ver con una política particular en derechos humanos, esto es, la ausencia de una propuesta clara que se sitúe también con precisión y continuidad en el marco de políticas sectoriales dentro de los sucesivos gobiernos. Se trata de analizar los aspectos centrales a tener en cuenta para que el Estado colombiano transforme su práctica en una verdadera defensa de los derechos fundamentales, dando como supuestas dos cosas: que es un proyecto de largo aliento, de carácter estratégico y que es un proyecto posible (aunque ambicioso) de carácter cultural en la sociedad colombiana. Se parte para ello de esta consideración: el Estado en Colombia, no sólo ha cometido errores en la defensa de los derechos humanos, por omisión y por acción, sino que a la postre es el principal agente violador de los derechos humanos. Este es el tamaño de la responsabilidad que carga sobre sus espaldas el Estado y lo que cualitativamente se debe modificar de fondo. Y a esta situación el Estado llegó apoyándose en un fuerte andamiaje jurídico que estudiamos en el capítulo tercero.
El soporte jurídico-político del que se armó el Estado colombiano obliga a pensar que un compromiso real de su parte con la política de derechos humanos debe conducir a la democratización del sistema penal colombiano, lo cual incluye de manera específica el replanteamiento del fuero militar, mecanismo privilegiado de impunidad para los mismos agentes del Estado con el que se suprimen investigaciones de crímenes de lesa humanidad o se dejan a mitad de camino los procesos penales. La supresión de este instrumento, tal y como está formulado hoy día, obligaría al Estado a tomar iniciativas tanto en investigaciones sobre los presuntos autores de dichos crímenes, como en su castigo y condena ejemplar. Adicionalmente daría las bases para una política de reparación, tanto moral como material, a los familiares de las víctimas o las mismas víctimas, según sea el caso.
Bajo esos parámetros estaría dada la tendencia hacia un uso alternativo del derecho -que no es un derecho alternativo ni otro derecho (Ruíz, p.115)- entendido como un profuso ejercicio ideológico de análisis y crítica capaz de entender la realidad social, su problemas y sus causas, y capaz de identificar las expresiones informales que desde la base de la sociedad resuelven los conflictos de manera creativa, sin los recursos ni procedimientos que impone tradicionalmente el Estado. En este esfuerzo hay que evitar, en todo caso, la simple incorporación de nuevas expresiones judiciales al sistema existente -precisamente para reforzar los mecanismos de control social y vigilancia con la técnicas que espontáneamente practica la población- que impediría la perspectiva crítica del enfoque penal, el que en realidad estamos colocando en cuestión por ser el fundamento filosófico de la rigidez y el autoritarismo en la convivencia social (nota 15). Proponemos, en cambio, la relegitimación de la legalidad penal que rompa el círculo vicioso de la simple delegación de la tutela del derecho al Estado por parte de los ciudadanos; cuando el Estado entre a reconocerlos como legítimos sujetos de derecho, en los niveles que correspondan, empezará a obtener su propio reconocimiento como sujeto, al saber que sus decisiones son aceptadas por individuos y actores sociales que también pueden decidir sobre la legalidad penal, al menos en su entorno inmediato.
Esta perspectiva de un "proyecto" alternativo del derecho, según el profesor Sandoval Huertas, comprende en general las siguientes dimensiones: 1) máxima reducción del ámbito de acción del sistema penal (mengua del sistema de control y vigilancia por parte del Estado y sus instituciones); 2) máxima reducción del uso de la privación de la libertad (rectificación de la política carcelaria); 3) reforzamiento de las garantías individuales frente a la acción punitiva estatal; 4) humanización del sistema penal; y, 5) legitimación pública de la perspectiva crítica del derecho.
Finalmente, en relación con el ordenamiento orgánico del Estado para cumplir con sus funciones de defensa de los derechos humanos habría que pensar en por lo menos cuatro aspectos: 1) la dirección centralizada de las políticas desde el ejecutivo -evitando la difuminación de funciones en distintos órganos que obedecen a dependencias oficiales con intereses sectoriales muy específicos- procurando responder a las causas generadoras de las violaciones y no solamente a los efectos inmediatos; 2) previo un cambio profundo en las políticas judiciales en el sentido en que lo hemos venido exponiendo (promoción de la dignidad humana y no control de la cotidianidad social), reestructurar el sistema de tal manera que se garantice una articulación coherente entre la pluralidad de los "sistemas" y formas penales que de hecho se dan en la sociedad y en el Estado mismo; 3) De manera específica robustecer la actividad de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, sobre la base de un redireccionamiento de la política de todo el ente fiscalizador, que haga de esta materia su eje central (no apenas marginal) y no dependa de intereses políticos sectoriales para su funcionamiento (nota 16); y 4) parte de la democratización de las políticas criminales exige formas de control desde las comunidades mismas, con mecanismos eficaces de neutralización y sancionamiento, en caso de que se detecten violaciones a los derechos humanos y anomalías en los procesos de investigación y juzgamiento de los acusados.
Como un tercer actor decisivo para los derechos humanos en Colombia encontramos a las ONGs nacionales. Su origen data fundamentalmente de cuando fue promulgado el Estatuto de Seguridad en el gobierno de Turbay Ayala que colocó al centro dos discusiones cruciales: la defensa del derecho fundamental al debido proceso y la confrontación política al régimen por parte de los acusados. El recuento de lo que han hecho también fue presentado en el capítulo 4 de este trabajo. De ese análisis podemos concluir acerca de estos actores lo siguiente:
En perspectiva, el fortalecimiento de las ONGs como actor social y su aporte a la construcción del sujeto social de derechos humanos es de primer orden, así se trate hasta el momento del actor más modesto. Pero este fin último les exige cambios drásticos en su tarea desempeñada, sin duda alguna muy loable.
En primer término las ONGs deben trabajar en una línea de educación popular en torno a los derechos humanos. De suyo varias de ellas así lo han venido haciendo. No obstante, su trabajo en este sentido no se puede limitar a la comunicación o "información" de derechos predefinidos por la cultura Moderna sino debe procurar ir más allá en una doble senda: por una parte, su acción pedagógica deberá tratar de interpretar el sentido de esos derechos, sobre todo los que tengan que ver más directamente con la realidad particular del país, en su origen y en su realización dentro de este complejo contexto de hibridación cultural; de otra parte, su labor debe incluir una minuciosa recolección de datos sobre la vida cotidiana de la población donde trabajan, con el fin de comprender la formas específicas de resolución de sus conflictos -muchas veces apartadas en su contenido y procedimiento del sistema jurídico imperante- y las prácticas jurídico penales que orientan sus propios regímenes de convivencia. De este modo no se trata de renunciar a su actividad jurídica sino, todo lo contrario, de asumirla más radicalmente pero dimensionándola, es decir, entendiéndola no como un ejercicio mecánico de aplicación técnica de normas y procedimientos existentes, a los cuales se les puede hacer determinados esguinces según las circunstancias y oportunidades, sino como una verdadera recreación permanente de acuerdo con las características del entorno y la idiosincracia de la población en las regiones y sectores donde actúan. Estamos pensando en unas ONGs que, por su forma de moverse, tienen las condiciones precisas -incluso más que el Estado mismo- de acceder a distintos niveles de la sociedad para repensar el derecho, y con ello formular y ejecutar propuestas sobre su uso alternativo (nota 18).
Las ONGs, además, son una instancia de contacto y articulación dinámica entre los sectores de base de la sociedad, el Estado, las ONGs internacionales, organismos intergubernamentales y otros Estados. Es necesario que esta situación, de hecho, se aproveche en la perspectiva de un proyecto ambicioso -no por ello irreal- de construcción de un gran Movimiento Social de Derechos Humanos que, obviamente, no se restringe al estrecho ámbito de las ONGs con su gaseoso carácter semiinstitucional, semipúblico, semijurídico o semipolítico que ha determinado sus prácticas (nota 19). En tanto Movimiento Social tendrían como objetivo proponer al conjunto de la sociedad el referente de los derechos humanos, a modo de valores culturalmente definidos y definibles, su horizonte de sentido para establecer desde allí el régimen de convivencia que garantice la inclusión de las mayorías de la población a la sociedad misma y su preservación existencial. El Movimiento Social tendría como misión central la elaboración creativa del saber y del conocimiento del derecho en cuanto condición de posibilidad para regular la convivencia social. Y por ello no se identificaría con un modelo específico y único, ni de sistema jurídico ni de ordenamiento político, sino su énfasis estaría dado en la necesidad de incorporar la lógica del consenso dinámico, de los pactos parciales en todos los ámbitos de la sociedad y de los actores internacionales comprometidos con los derechos humanos en Colombia. No podría darse como satisfecho este Movimiento Social cuando se pretenda erigir como voluntad general y permanente un acuerdo (que se sabe siempre parcial y contingente), ni siquiera en las instancias de mayor poder como son el Estado y los Organismos Intergubernamentales. Por eso es un proyecto cultural, pues a cada instante está resignificando el sentido de las prácticas, lo cual ha de revelar su capacidad para incidir en la formación de conciencias y subjetividades de todos los actores que disputan su punto de vista en la interpretación de los derechos.
Entendemos este proyecto como un proceso de articulación conflictiva entre las ONGs, en primer término, al tiempo que es una creación de consensos con otras instancias de la sociedad y del campo internacional que se construyen mediante la impugnación mutua de sus postulados. Pero es esta confrontación permanente la que posibilitaría el que las ONGs se constituyan como actor social de derechos humanos en la medida en que les permite encontrar sus identidades, no como actores políticos y sí como gestores de los fundamentos de lo humano en la vida social (nota 20).
En el marco de la construcción del Pacto Democrático en lo que a política de derechos humanos se refiere, la restricción propia que deberá tener este actor -entre otras porque se constituye hasta hoy en su principal debilidad o error para su crecimiento como actor social- es la de operar como "correa de transmisión" de cualquier proyecto político ya que en definitiva termina defendiendo como absoluto los objetivos de ese proyecto y no la realización de los derechos humanos en tanto fines culturales en sí mismos. Esta restricción, además, permitirá el reconocimiento de los actores reales o potenciales de derechos humanos, antes que su estigmatización, condena y exclusión del escenario de debate y procesamiento de la política.
En síntesis, al hablar de los actores sociales intervinientes en la construcción del sujeto social de derechos humanos, estamos considerando que los principales entre ellos poseen, de facto, intereses diferenciados que deben confrontar directamente mediante la explicitación de los mismos, al tiempo que afirmamos la necesidad de que se impongan entre ellos unas mínimas restricciones que hagan posible el diálogo y con este la construcción sostenida de consensos. Pero también creemos que este camino de mutuo reconocimiento debe pasar por un proceso de acercamiento de todos los actores a los diferentes segmentos de población susceptibles de comprometerse con el propósito de levantar el Movimiento Social de Derechos Humanos, primordialmente las víctimas de las violaciones que padecen el horror de la ruptura de sus formas de articulación social. Sólo así es posible pensar que los actores protagonistas se descentren de sí mismos, que se planteen la validez de otros factores constitutivos de la verdad social y, sobre todo, que le den el paso a franjas de colombianos cuya potencialidad activa ha sido minada o por lo menos sitiada por los factores de poder más fuertes. Entonces, según se acerquen los actores nacionales e internacionales a las bases de la sociedad con la firme intención de erigirlas en actor competente y real de este proyecto -y no como un recurso logístico a utilizar de forma arbitraria- no sólo propenderán eficazmente por la realización de la voluntad general en la medida en que aparecerán una serie de intereses ocultos o rechazados históricamente sino que, incluso, ganarán legitimidad en sí mismos y con esto el reconocimiento de sus propuestas como valores expresos de la soberanía nacional. Quienes mejor lo hagan más alcanzarán y harán más válida su acción.
1.5. Criterios para un diseño estratégico de la política pública en Derechos Humanos. Se ha dejado claro que hasta el momento no existe en Colombia una política pública en derechos humanos. Por tanto, se carece de una estrategia en el tema. Aquí sólo es posible insinuar algunos aspectos que podrían hacer parte de esa estrategia o de esa serie de procedimientos de corto, mediano y largo plazo que llevarían a la conquista de los objetivos propuestos anteriormente.
En primer término, la estrategia debe empezar por distinguir entre tareas de carácter inmediato y otras que se ejecutarían una vez la dinámica se haya estabilizado. Por tanto, la estrategia debe contemplar a su interior la naturaleza procesual de la política, su invención constante, clarificando qué metas y actividades se pueden adelantar en las primeras etapas y cuáles deben esperar, evitando el quiebre del esfuerzo apenas comience.
En segundo lugar, como ha sido puesto de presente en la caracterización de los actores, el centro de la política debe girar en torno a la constitución de actores provenientes de la población civil, haciendo especial énfasis dentro de ella en las víctimas del conflicto armado, en quienes se presume existen una serie de necesidades y una sensibilidad, por ser dolientes, más intensa frente al tema. La estrategia debe considerar la consolidación autónoma de estos grupos con respecto a los intereses y objetivos de otras franjas de la población ya organizadas. Su conformación estará animada por la identificación de intereses propios, de factores culturales de la sensibilidad social que los acercan y movilizan hacia la realización de proyectos autogestionarios definidos por ellos mismos. Estas tareas, posiblemente elementales y básicas en principio, estarán orientadas a largo plazo a la construcción de ciudadanía, esto es, al desarrollo de una conciencia que vincule sus prácticas cotidianas con la edificación del tejido social y de estructuras permanentes de integración.
Unida a la anterior dinámica está la diferenciación y articulación, al tiempo, de los dispares procesos nacional, regional y local. La estrategia debe evitar la homogeneización que siempre se pretende en el diseño de políticas, sobre todo cuando son impulsadas por el ejecutivo nacional, bajo el pretexto (o temor) de que las iniciativas desborden su capacidad de control, que no de orientación. Aquí, por la pluralidad de fenómenos sociales entre regiones, se debe concebir el camino a ritmos diversos, los cuales se vincularán mediante redes de comunicación e intercambio de experiencias. El énfasis, para comenzar, debe colocarse no en la unificación sino en el respeto a la diferencia, lo que demanda la caracterización cultural de cada proceso regional y local y, dentro de esta tarea, la atención a los fenómenos de violencia específicos y su grado de impacto en los pobladores, pues con seguridad se perciben y asumen en forma muy disímil.
La formación y consolidación de actores, en tercer término, implica la atención al fortalecimiento de las instituciones más básicas en las que los actores van a elaborar sus sistemas de interacción fundamentales, como bien pueden ser la familia, la comunidad de vecinos, el barrio, etc., según sea el caso. En este punto es de crucial importancia la identificación de nuevas institucionalidades, aunque sólo estén en potencia y cuyas formas aporten como referentes de cohesión social en la medida en que responden a las necesidades más sentidas de los grupos sociales. Aquí, de modo especial, habría que pensar en referentes normativos autóctonos que orientan la convivencia entre personas (nota 21).
Parte de la estrategia, en cuarta instancia, es combinar eficazmente programas de formación y educación en torno a los derechos humanos y planes concretos para su materialización, acordes con las condiciones, recursos y capacidades del lugar específico. Es primordial que los intervinientes en el proceso visualicen algunos resultados de la política que motive la acometida de otros de mayor envergadura.
El punto inmediatamente anterior, ligado a una gestión social y política nueva y apartado del estilo paquidérmico de una burocracia estatal ineficiente, debe propiciar otra cultura que muestre cómo los conflictos se pueden resolver de otra manera distinta a la fuerza, donde se le otorgue a las bases de la sociedad el derecho a la palabra, a la participación, a la decisión y a la ejecución de esas definiciones. La estrategia, en este sentido y en quinto lugar, debe alimentar la legitimación política de los actores en sus prácticas sociales, donde sus recursos sean otros opuestos al acostumbrado uso de las armas.
Como sexto criterio, el diseño y los dispositivos de esta política en derechos humanos deben estar dados desde la perspectiva regional y local, bajo parámetros muy generales orientados nacionalmente. Pero lo menudo de la misma tendrá formulaciones hechas desde la base, expresadas en objetivos, metas y planes concretos que normalmente no se han elaborado en este campo. Se ha de comprender, en todo caso, que por el carácter flexible de la política pública los propósitos se deben ir ajustando progresivamente, así como los procedimientos adoptados. Dicho rasgo exige, en todo caso, mayor rigor en el seguimiento de lo que se hace, evaluando y corrigiendo lo que demanden las actividades.
Por último, se concibe la política en derechos humanos no como una más entre las políticas públicas, sino que la pretensión, obviamente estratégica, ha de ser que se coloque al centro de todas las políticas. En este sentido, el desarrollo de la misma debe tener muy presente que no se limita a la implementación práctica de unos mecanismos sino que, al interior de sí, se está jugando en Colombia la construcción de otra noción de lo público que convoca a amplios sectores de la población a convertir en interés de todos las principales banderas humanas como son la vida, la libertad, la lucha contra la impunidad y la participación democrática. La prenda de garantía de que dicho espíritu atraviesa esta política en particular y cada vez más las otras políticas públicas está en que dentro de ella se reflexione constantemente el perfil colombiano de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, es decir, que se lleve a cabo el consenso propio de esta formación social.
1.6. Acerca del recurso básico de la política pública en Derechos Humanos. El Estado, como actor principal en Colombia respecto a las políticas en derechos humanos, ha utilizado un recurso supremo, la ley, y otro ligado al anterior, el sistema jurídico penal, y lo ha hecho con el criterio sesgado de garantizar el control social absoluto, es decir, con una orientación autoritaria, bajo el pretexto de salvaguardar la seguridad nacional (a la postre, la del mismo Estado). De ser un recurso -consuetudinariamente presentado a manera de excepcional- se transformó en un fin último, objeto de una enérgica defensa por parte del establecimiento.
Como bien se detalló en el segundo capítulo, la historia contemporánea de nuestro país muestra que la ley, lejos de ser acatada ha sido objeto de burlas constantes entre casi todos los sectores sociales -incluidos los mismos sectores de poder- que han buscado formas de evadirla para conseguir sus objetivos particulares. El excesivo legalismo y el refinamiento despótico del sistema judicial han producido su efecto contrario en la conciencia ciudadana: la rebelión contra las normas (con propensiones anarquizantes) y la reivindicación pragmática, por las vías de hecho y sin basamento preceptivo, de las conductas públicas. La oposición armada, a través de sus luchas, ha querido hacer caso omiso de la ley establecida, tildándola abiertamente de ilegítima, pero sin proponer otra alternativa distinta al debate del proyecto político global, que no es otra cosa que el planteamiento de la necesidad de una nueva racionalidad totalizadora. En conclusión, el recurso supremo, en la práctica, ha acabado siendo el más irrisorio para hacer prevalecer los derechos humanos en el país.
Es insoslayable dejar claras dos cosas para el impulso de una política en derechos humanos: 1) es menester entender y hacer efectivo el valor de la ley como un recurso para la realización de los derechos y en modo alguno se debe menospreciar y, 2) que se trata de eso, de un instrumento cuya importancia no puede ser estimada más allá de su peso real y que, por lo mismo, puede cambiarse en su esencia cuando se considere indispensable.
La lucha por el poder en Colombia (segundo capítulo) nos ha revelado que subsisten diferentes formas de hacer justicia en la sociedad colombiana. Es una verdad de a puño que no se puede desconocer. Reconocerla es aceptar que la ley oficial no es la única ni la que cohesiona e integra a los ciudadanos, es admitir también que las otras formas de impartir justicia representan un hecho ineludible, no sólo como comprobación empírica sino como fenómeno a considerar intrínsecamente, pues pueden contener elementos de validez y eficacia para la convivencia social.
Para tomar este camino hay que concebir la ley como una verdad transitoria (y por eso relativa como toda verdad) en cuya construcción deben intervenir diferentes disciplinas sociales y no solamente la técnica jurídica. La sociología, la política, la antropología, la etnología permiten comprender también el fenómeno en cuanto hecho cultural, sacándolo del tratamiento exclusivamente positivo. De base, es una nueva manera de entender el carácter de este recurso. Y desde esas disciplinas se entiende, además, que la construcción de la ley y el acceso a su aplicación a través de las instituciones no es patrimonio exclusivo de técnicos especialistas, sino que puede y debe ser democratizado.
Estas afirmaciones permiten considerar lo complejo y múltiple del hecho legal en Colombia. Por una parte se cuenta con un Estado que ha defendido un modelo de ley en el que el carácter de los delitos se unifica bajo el común denominador de "terroristas", en el que los delincuentes terminan siendo calificados no sólo como desadaptados sino como auténticos "enemigos" sociales, perdiéndose en ello las fronteras entre los tipos delincuenciales. El sistema penal correspondiente ha desnaturalizado el sentido liberal de la función del juez (su subjetividad pierde rostro y forma, es como la esencia de la esencia en la más pura filosofía idealista), de la prueba (al afectar el sentido procesal abierto retrotrajo la jurisprudencia a formas feudales de derecho privado que describe Foucault par la primera Edad Media) reemplazando la indagación por el examen exhaustivo sobre la minuciosidad de conductas cotidianas de los ciudadanos objetos de sospecha (nota 22). Se tiene, pues, un sistema judicial estatal que combina formas premodernas (donde el derecho pretendidamente público se hace privado, en la práctica, con base en arreglos interpersonales) y distorsiones radicales modernas (la estigmatización del delincuente mediante juicios morales extremos), todas de estirpe autoritaria, cuya validez no es subjetivamente asumida dentro de la sociedad colombiana.
Pero, por otras partes, existen expresiones diferentes parcialmente reconocidas (no por ello claramente aceptadas) de hacer justicia en regiones específicas del territorio nacional y en medio de sectores sociales, algunos de los cuales se han configurado recientemente en la formación social colombiana. En zonas de dominio guerrillero o paramilitar prevalecen formas incipientes de justicia que buscan resolver los litigios a través de compensaciones o donde la autoridad reconocida no es la del Estado sino la de estos grupos (por condiciones de hecho) y que imponen arreglos más cercanos a las conciliaciones o a las mediaciones. El referente legal es mínimo, pero subyacen allí criterios nuevos y más eficaces en términos prácticos para mantener el régimen de convivencia. Pero existen, además, expresiones más marginales y de mayor corpulencia para la práctica de la justicia: los sistemas legales adoptados tradicionalmente por comunidades indígenas (éstos sí con su propias concepciones y sustentaciones) y los mecanismos autónomos para defender sus principios en actividades ilegales, propios de subculturas tales como el narcotráfico, el paramilitarismo y la misma guerrilla en donde prima el uso de la "razón de la fuerza" (nota 23).
En coherencia con los principios de nuestra propuesta política creemos que el recurso legal -tan decisivo para realizar la convivencia y los derechos humanos en cualquier sociedad actual- debe replantearse mediante un proyecto cultural de largo aliento que parta de esta consideración: en el país no puede imponerse un solo modelo penal pues se corre el riesgo de que en la práctica siga siendo desconocido por diferentes segmentos de la población, cada vez más grandes. Pero adicionalmente se trata de legitimar, mediante dinámicas claras de sustentación, normas y sistemas jurídicos penales que se correspondan a situaciones socioculturales no estrictamente modernas, sino más bien premodernas o postmodernas, que conviven simultáneamente en la sociedad colombiana. Los fundamentos de estas prácticas y de estos sistemas, de comienzo, serían los siguientes:1) la capacidad de las franjas de la población para sustentar la validez de sus mecanismos (el problema de la racionalidad que la funda); 2) el cubrimiento de sus normas de convivencia, sin discriminación alguna. para todos los integrantes de la población que las fija (equidad de los sistemas); y el acceso de todos los ciudadanos a las instituciones que regulan la vida social, bien para aplicarlas o bien para proponer su modificación (carácter democrático de cada modelo).
La propuesta trataría no de atomizar la sociedad colombiana sino de comprender sus características plurales y su diversidad cultural que de facto se da. Estaría articulada mediante una misma lógica procedimental más que por contenidos legislativos completamente homogéneos, salvo los genéricos señalados en los objetivos de esta propuesta hacia donde deben apuntar los diferentes sistemas penales. Esa lógica ha de consistir en la construcción colectiva de las "verdades" necesarias para la defensa de la dignidad humana en cada región y sector social, recogiendo eficazmente los saberes existentes y convirtiéndolos en criterios de convivencia por mecanismos de consenso. De trasfondo se acepta el ideal simbólico legado Sófocles en su Edipo Rey: la verdad, la justicia, no las ostenta ni las monopoliza el poder imperante, es una construcción, permanente, de carácter colectivo, en la que se deben involucrar y comprometer hasta las últimos segmentos de la sociedad. En este sentido se juega en la práctica el concepto de Justicia Dinámica mencionado en el primer capítulo. No se trata de regímenes eternos e inamovibles que a la postre se tornan totalitarios y defienden apenas sectores élites e instituciones privilegiadas de la sociedad, sino de sistemas que tengan la capacidad de estar actualizando sus principios fundantes, sus valores humanos. Es una propuesta, por tanto, cimentada en la construcción ética que coloca al centro la discusión constante sobre el sentido de las normas, y que aquellas que se definan respondan, más que al deber ser predefinido racionalmente, a la batalla diaria, al "carácter polémico y estratégico del conocimiento": por ello se puede afirmar, junto con Nietzshe y con Foucault, que la actividad ética, para este caso en derechos humanos, es más propia de políticos que de filósofos o, de otro modo, es filosofía política a la cual tienen acceso todos los ciudadanos.
2. Mímesis, mercado y sacrificio: reflexión sobre las víctimas en la era de la globalización.
Vamos a pensar la globalización en el marco de la pregunta por la religión hoy. Se suele decir que gracias a los avances tecnológicos, el antiguo universo de creencias religiosas, y las formas de acción ligadas a las tradiciones religiosas, han entrado en total desuso. No obstante, la religión se halla hoy en una situación paradójica, pues a la crisis de sus instituciones tradicionales responde un renacer de nuevas formas de lo religioso ¿Cómo es posible este renacimiento de la religión precisamente en la época de la muerte de Dios? Hay que preguntar entonces, cómo vamos a hablar hoy de religión, y desde qué categorías lo haremos.
La cuestión de la salvación aparece como primera pregunta en un discurso sobre la religión. Tal vez si se especifica la figura del mal radical de nuestra época se logre acceder a la promesa de salvación en el presente, a lo religioso tal como hoy acontece. Vamos a considerar como mal radical al desarraigo que alguien puede padecer frente a la humanidad de su propia existencia. Este mal aparece en la historia en las diversas modalidades de la violencia, que en el contexto actual se muestra sofisticada y limpia gracias a las nuevas tecnologías de la producción. Nos ha enseñado Girard que las religiones son las respuestas humanas al problema del desorden, de la violencia que amenaza con destruir a la comunidad, y que se resuelve con el mecanismo del sacrifico expiatorio. En consecuencia, vamos a pensar qué pasa con los mecanismos religiosos, es decir, con los dispositivos sacrificiales, en un contexto en que el mercado nos ofrece la salvación.
La herramienta para enfrentar esta tarea será la concepción de una técnica discursiva potente: vamos a seguir las huellas de la mímesis, con el fin de acceder a formas actuales de comprensión de lo religioso. Desde estas concepciones escudriñaremos en la globalización como fenómeno religioso, que trae la promesa de la libertad a la vez que amenaza con el sacrificio y la muerte. A partir de este análisis, examinaremos diversas propuestas encaminadas a reducir la violencia de la globalización.
2.1. Mímesis y violencia: la perspectiva de René Girard. Hasta el año 1939, la antropología religiosa había postulado un origen de las culturas humanas, inseparable del origen de la religión, o con más precisión, del ritual. Pero los movimientos posteriores a la Segunda Guerra mundial consideraron que estas eran cuestiones irrelevantes, ya por el peso que adquirieron las investigaciones positivas en la antropología, por los postulados de unas estructuras existentes desde siempre, o por la deconstrucción de la metafísica occidental gracias al influjo de la obra de Nietzche y Heidegger.
Contra una metafísica que reducía todas las preguntas a una última razón suficiente, Heidegger propone mantener abiertas las preguntas, que no responden a una razón o causa fundamental. Moviéndose dentro de la deconstrucción, Derrida ha trabajado ciertas creaciones filosóficas La Naturaleza, el Lenguaje, la Razón, el Origen, el Sentido, la verdad, el Sujeto- como causas de sí mismas. El punto es deconstruir la búsqueda de un fundamento completo y autosuficiente, del acceso a una verdad última, de ocupar el lugar de la mente de Dios. La herramienta que emplea Derrida para la deconstrucción se llama lógica del suplemento. Esta lógica refleja la ineptitud humana general para la auto-centración, la falla del narcisismo individual y colectivo, y el resultante miedo y fascinación con la otredad. A través de esta lógica, cada texto se deconstruye a sí mismo, pues, cada vez que aparece un término con una llamada al Logos o al Concepto como autosuficientes, se establece un círculo vicioso que socava esta pretensión de autonomía. Esto ocurre porque otro término, que se supone secundario o subordinado, y que no ha de ser sino alguna clase de derivación o complicación del concepto primario como la cultura o la escritura- aparece como indispensable para la constitución de éste. Así pues, el origen se muestra como completo y puro pero, sin este suplemento, el cual con todo se sigue de él, puede perder toda su consistencia. El término secundario aparece al mismo tiempo como prescindible e indispensable. Aún la más perfecta totalidad sufre de esta falla constitutiva. En consecuencia, la deconstrucción no es una simple inversión de una oposición jerárquica, sino el desencubrimiento de las paradojas autorreferenciales que constituyen los constructos humanos (nota 24).
René Girard elabora el asunto del origen del orden social desde el punto de vista de una antropología fundamental, siendo el único académico vivo que se vincula con la clásica antropología de la religión, desafiando las prohibiciones tanto del estructuralismo como de la deconstrucción heideggeriana. El no ha vacilado en afrontar la cuestión del origen de lo sagrado y, a través suyo, de todas las instituciones sociales y culturales. No obstante, lo notable, es que ha empleado una lógica que se enmarca dentro de la deconstrucción y la teoría de los sistemas autónomos.
Su análisis se basa en la hipótesis de la mímesis. La mímesis explica a la vez el origen y la trayectoria del deseo en la violencia social. La mímesis significa que los seres humanos se imitan unos a otros en sus deseos: siempre deseamos lo que desea otro. El deseo no es objetual, sino mimético, una imitación del deseo de otros (nota 25). No deseamos "objetos" comunes, sino deseamos deseos de otros, de manera que nuestras relaciones con "objetos" están mediadas por los deseos de los otros (nota 26). Esta mimesis de apropiación termina de manera inevitable en el conflicto y la violencia, pues pasamos de desear lo que el otro desea, de considerar al otro un modelo, a tratarlo automáticamente como un rival, un obstáculo. La mimesis es este circuito del deseo, la constitución del objeto deseado por otro, y del otro como mediador y rival (nota 27).
La otra hipótesis de Girard es "la existencia de los mecanismos victimales y su función en el origen de las religiones, las culturas y la humanidad" (nota 28). Esta hipótesis es un instrumento poderoso de deconstrucción de los universos simbólicos de diverso orden. Según esta hipótesis, todas las sociedades primitivas han vivido un evento primordial y fundacional: en el movimiento del deseo entre los rivales, a través de los actos de apropiación e identificación, se elimina la diferencia entre los actores y se produce un deseo común. La negación de la diferencia, la unanimidad, es la condición para la violencia, pues cada uno de los participantes se convierte en doble conflictivo del otro. Una vez que se ha desatado el conflicto mimético por la conjunción de deseos, se configura la rivalidad contagiosa, que hace general la violencia. En el clímax de la violencia colectiva, cuando los deseos de los rivales convergen en unanimidad, se da una polarización de toda esta violencia exacerbada, que es enfocada contra un miembro del grupo elegido de manera arbitraria. La víctima es un doble monstruoso, que carga de manera mágica con la falsa atribución de originar la violencia. Para expulsar la violencia, la masa sacrifica a esa víctima.
A este mecanismo de resolución violenta de la violencia, Girard lo llama el "chivo expiatorio". El chivo expiatorio es un mecanismo mimético, pues canaliza todos los deseos de la colectividad y genera un mediador en la víctima. En el paroxismo de la violencia colectiva, de la unánime violencia de todos contra todos, el mecanismo del chivo expiatorio introduce la diferencia al interior de la colectividad indiferenciada, pues introduce otro, diferente a los acusadores unánimes. Una vez se constituye a ese otro con toda la carga de las acusaciones fantásticas, como se lo ha convertido en la causa de los conflictos, la colectividad expulsa este origen del mal a través de su sacrificio.
Los sacrificios primitivos, vividos gracias a la ignorancia del mecanismo mimético productor del orden social, son la fuente de lo sagrado, y a través suyo, de todas las instituciones y culturas humanas. Tenemos constancia de esto en los mitos, cuya lógica paradójica revela hechos reales vividos en la ignorancia. Los mitos expresan el carácter paradójico de la conformación de cualquier sistema social: la violencia se resuelve gracias a la violencia, constituyendo sistemas sociales contradictorios, regulados por esta violencia fundadora. Los mitos están estructurados alrededor de una lógica paradójica porque narran una historia que sucede en la actualidad, pero que se vive en la ignorancia. La sociedad se constituye como unidad a través de la exclusión de la víctima, que entonces se hace sagrada. Los mitos expresan al mismo tiempo la naturaleza interna y externa, el carácter prescindible e indispensable, lo infinitamente malo e infinitamente bueno, de la víctima sacralizada. En consecuencia, lo sagrado se constituye bajo la lógica del suplemento, tal como se encuentra en las narrativas que dicen eventos reales con distorsiones bien definidas y reguladas. Este suplemento es el corazón de todo el pensamiento religioso y filosófico (nota 29). En conjunción con los mitos, los ritos sacrificiales controlan la nueva aparición de la violencia, repitiendo aquello que hizo la víctima para salvar a la comunidad, y las prohibiciones impiden las acciones que hizo la víctima para ocasionar la violencia. Los mitos, los ritos y las prohibiciones son las construcciones culturales básicas, los grandes entramados que están elaborados desde la deformación propia de los partícipes del asesinato colectivo (nota 30).
En otras palabras, la religión es la respuesta al problema de cómo reducir la violencia. Religión significa, en el contexto de Girard, un sistema social que se regula, sin comprenderlo, a través de la violencia puntual del sacrificio. Como el deseo mimético trata de la ignorancia y la ilusión sobre los orígenes, configura la religión. La religión protege de la violencia, de la pérdida de las diferencias, al generar una diferencia sagrada a través del mecanismo del chivo expiatorio (nota 31). Sabemos que un sistema social es religioso porque podemos deconstruirlo mostrando sus paradojas, y resolviendo estas distorsiones a través de preguntas sobre sus núcleos culturales, que pueden ser reducidos a mitos, ritos y prohibiciones, en referencia a puntos fijos externos (nota 32).
Gracias al sacrificio se produce una nueva diferenciación que compone un nuevo orden social, pues se aplaza la violencia. Como esta nueva situación no es comprendida, la sociedad constituye a la víctima como la causa exterior de su nueva situación. Lo impensable de esta constitución social se manifiesta como una exterioridad. La comunidad atemorizada sacraliza y convierte en una verdadera trascendencia a la víctima, que ahora es también causa de la paz, todo esto de un modo que no se alcanza a comprender porque se vive en la ignorancia. Esta víctima sacralizada es el sagrado primitivo: lo tremendo y fascinante, la fuente de la paz del orden social y la amenaza del desorden colectivo. Esta trascendencia constituye la primera significación, el origen de todo el universo cultural, que siempre será un universo generado desde los conflictos miméticos, es decir, siempre será una forma de religión, una manera de resolver la violencia con violencia, un orden configurado desde el desorden. La víctima sacrificada, el chivo expiatorio, es el origen de todo el orden social si éste se constituye por referencia a una exterioridad incognoscible.
Lo notable de esta teoría es que postula un origen que aconteció, pero que sólo puede ser producido en su realidad no cognoscible y tergiversada por los actores involucrados. Se trata de un origen real, pero no accesible, un objeto que sólo existe en la ignorancia (nota 33). Se podría decir que Girard plantea el problema del origen, pero responde mostrando que en el origen sólo existe la diferencia, el deseo mimético, la imitación. En la lógica del suplemento, el objeto de deseo no es un origen o una causa, sino sólo un efecto o un suplemento que acontece en la repetición del deseo de los rivales. Lo mismo ocurre con la víctima, que es sacrificada como causa real del mal que aflige a la comunidad sumida en la devastación de la violencia, pero nunca como chivo expiatorio, es decir, nunca la masa asesina piensa que ha transferido a la víctima sus propios conflictos. La víctima es un sustituto de la masa, la primera significación, la huella, el aplazamiento de sí. En efecto, el sacrificio colectivo siempre resuelve la violencia con violencia, y así siempre desplaza y aplaza la violencia (nota 34).
Las hipótesis girardianas permiten constituir teorías morfogenéticas, pues pueden dar cuenta de la emergencia de nuevas formas. "Los mecanismos miméticos pueden producir nuevas complejificaciones, lo simple puede dar origen a lo complejo" (nota 35). Tratándose de procesos paradójicos de autoproducción, el origen girardiano no contiene aquello que puede salir de él, pues no es una esencia. De esta manera, estamos, en términos epistemológicos, ante una construcción paradójica, que se ubica a mitad de camino entre la permanente deconstrucción y el realismo, que no cae en la búsqueda de fundamentos últimos ni permanece en la deconstrucción continua, pues no necesita principios básicos mientras coloca un original mecanismo como terreno de investigación (nota 36).
En la perspectiva de Girard, el modo normal de funcionamiento de la humanidad es el mito, es decir, la narración construida desde la perspectiva de los vencedores de los conflictos. No obstante, existe la posibilidad de descifrar las representaciones de la violencia, mitos o relatos de persecución, gracias al modelo de las narraciones bíblicas; ellas se caracterizan por dejar aparecer las voces de las víctimas, silenciadas, reprimidas y desplazadas por los constructos míticos. En la Biblia, las víctimas toman la palabra, hablan para decir que no son culpables de los crímenes que les imputan, sino que son inocentes, verdaderos chivos expiatorios, corderos inocentes, injustamente odiados y condenados, sustitutivos ofrecidos a unos dioses sedientos de sangre (nota 37).
De manera particular, Jesús es una víctima declarada inocente del mal del cual es acusada. Así, los Evangelios exponen los procesos sacrificiales en lo que son, una estructura de la religión sacrificial. Y nos invitan a elegir entre el modelo humano, lleno de acusaciones falsas que conducen al sacrificio de víctimas inocentes, o el modelo del Dios revelado en la Biblia, que tiene la voz y el rostro de las víctimas. La lectura que ofrece Girard invita, en consecuencia, a hacer una lectura no sacrificial del Evangelio. Sostiene que Jesús, reveló la naturaleza de las estructuras sacrificiales, iniciando así el colapso de las culturas violentas. Con su anuncio del Reinado de un Dios misericordioso, ofrece un modelo diferente de imitación, basado en el don de sí mismo.
Si la vida cristiana consiste en el seguimiento o imitación de Jesucristo, es porque el Evangelio no sólo revela los mecanismos de la violencia, sino porque introduce un deseo que permite reconocer al otro en su diferencia. Xavier Pikaza ha llamado a este, un deseo de gratuidad, que mueve a los seres humanos al don de sí mismos. Se trata del principio de una forma de existencia humana diferente y constructora de diferencia por la vía de la renuncia a la violencia retributiva. Este principio es el germen de una comunidad de fe, que vive de la mutua solidaridad gratuita.
En el camino de la comunidad creyente, el Espíritu Santo acompaña y defiende a las víctimas, pues es el Espíritu de verdad, que ayuda a destruir las representaciones de persecución. El Espíritu que anima el deseo de gratuidad ayuda a la comprensión de los propios procesos de construcción de víctimas como dobles monstruosos, que acompañan todo proceso de violencia. En este sentido, llama a una moral de la propia responsabilidad en la reducción de la violencia y en la construcción permanente y siempre renovada de formas de acción solidaria (nota 38).
2.2. Múltiples sentidos de la globalización Dentro de la perspectiva de los procesos económicos y tecnológicos que la determinan, se suele definir la globalización como la interdependencia económica creciente en el conjunto de los países del mundo, provocada, de una parte, por el aumento del volumen y de la variedad de las transacciones transfronterizas de bienes y servicios y de los flujos internacionales de capitales, y, de otra, por la difusión acelerada y generalizada de la tecnología. Esta visión mítica de la globalización presenta dos aspectos claves: el concepto de interdependencia, que ignora los procesos de exclusión presentes en la lógica del capital mundial, y el quedarse en la forma de un proceso que ocurre más allá de todos los sujetos (nota 39), como si fuera una fuerza de la naturaleza, sin interesarse por los actores que lo impulsan. No obstante, hay que recordar con Giddens que:
El mito de la globalización construye los siguientes significados: La globalización es un fenómeno nuevo, un proceso homogéneo, al mismo tiempo un proceso homogeneizador, conduce al progreso y al bienestar universal, a la globalización de la democracia y acarrea la desaparición progresiva del Estado o una pérdida de su importancia (nota 41). De manera paradójica, el mito ignora la historia del siglo XX, durante el cual se sucedieron crisis y reorganizaciones del capitalismo; esta ignorancia de la historia concreta le permite presentarse como el fin racional de la historia (nota 42), aunque, desde el punto de vista de los hechos nada justifica que la globalización neoliberal sea una nueva totalidad histórica, diferente por completo del capitalismo. En realidad, un sistema mundial de comercio se hizo posible a partir de la conquista de América. En consecuencia, la creación de una red sin fronteras para el comercio mundial, se origina en la constitución del sistema capitalista. La actual globalización es ante todo la fase presente en la historia de la expansión del capitalismo en el ámbito financiero (nota 43).
El aspecto decisivo es que el capitalismo se está imponiendo como reducción del mundo a mera mercancía. Por consiguiente, lo que se globaliza es un modo de producción y de vida (nota 44). "La globalización (...) es (...) la transformación del tiempo y del espacio en nuestras vidas. Acontecimientos lejanos, económicos o no, nos afectan más directa e inmediatamente que nunca. A la inversa, las decisiones que tomamos como individuos tienen, con frecuencia, implicaciones globales" (nota 45). Por tanto, la dominación global del capitalismo no sólo constituye una transformación de las economías nacionales sino, también, de la existencia humana.
La globalización también puede interpretarse en la perspectiva de la crítica de las ideologías. Se trata de un fenómeno empleado a favor de la mentalidad neoliberal. La crítica central se refiere al mismo término de "globalización", que es usado para ocultar la dominación global de las grandes empresas con una palabra que quiere sugerir "integración" y crecimiento común a escala mundial. La globalización sugiere un proceso que abarca todo el planeta. Pero la economía no se ha mundializado sino que se ha reorganizado y reestructurado según los intereses dominantes en los centros económicos capitalistas. La globalización actual es una globalización trunca. Los procesos de integración tecnológicos, económicos y socioculturales entre las tres regiones dominantes llegan a ser más generalizados, intensivos e importantes que la integración entre estas tres regiones y los países menos desarrollados. Además, se trata de una construcción ideológica porque describe ciertos fenómenos económicos, bajo los cuales se hacen exigencias políticas y culturales (nota 46).
La globalización está estrechamente vinculada a "la revolución de las comunicaciones y la extensión de la tecnología informática", que han creado "un mundo de comunicación electrónica instantánea, en el que están implicados incluso los que viven en las regiones más pobres, reorganiza las instituciones locales y las pautas vitales cotidiana" (nota 47). No obstante, otra realidad que ignora el discurso de la globalización, es la asimetría de poder en las relaciones que se establecen en este nuevo marco histórico. Más que nuevas y creativas formas de interdependencia se han consolidado nuevas formas de dependencia: "La cultura global ( ) hace parte de nuestra cotidianidad, pero ( ) nos involucra de manera diferenciada y desigual. Esto es muy importante, porque todo proceso que genera exclusiones, obedece o crea en su interior un conjunto de valores, de símbolos, de nuevas formas de comunicación y, sobre todo, de dominación" (nota 48).
Por otro lado, la conciencia de la globalización no es nueva. Ya desde la segunda posguerra, y en especial de los años sesenta en adelante, existe lo que podemos calificar como una conciencia de las dimensiones alcanzadas por los problemas o amenazas globales. Tal conciencia no es sólo teórica sino existencial y se relaciona en su momento con la primera amenaza de escala planetaria, surgida precisamente de la confrontación de cosmovisiones totalizantes: la bomba atómica, con sus posibilidades de destrucción masiva y global. Más adelante, se toma conciencia de las desproporciones del desarrollo, acompañado por la desenfrenada competencia armamentista y el desarrollo de un mercado global de medios de destrucción. En un tercer momento se desarrolla la conciencia de la gravedad de la crisis ecológica y los problemas del medio ambiente, que configuró una forma de pensar en perspectiva del sistema global. Más recientemente llegaron temáticas tales como el desarrollo de la tecnología genética y la exclusión de la población como realidad global. Tantos problemas constituyen un indicio de una posible crisis sistémica (nota 51).
2.3. La globalización como fenómeno financiero y económico. Hablando de la globalización, Franz Hinkelammert se refiere a la privatización de las funciones sociales de Estado, el libre comercio a escala mundial, el movimiento internacional de los capitales gracias al uso de medio electrónicos, el papel preponderante que han adquirido las multinacionales sobre las economías nacionales, y a la entrega del trabajo y de la naturaleza a las fuerzas del mercado (nota 53).
En muchos lugares del planeta, como en América Latina, este proceso se ha impuesto gracias a una violencia que los analistas llaman "terrorismo de Estado": procesos rituales de asesinatos masivos, torturas y desapariciones forzadas. Al eliminar toda oposición, el nuevo orden social, se acompañó de la creación de una teoría económica y social que glorificaban este proceso, sin comprenderlo, operando como una significación mitológica. Se trata de la teoría neoliberal, que ve al mercado como sociedad perfecta y sin alternativa, una especie de trascendencia última que irrumpe en la historia gracias al libre juego de las leyes del mercado.
La globalización se ha constituido por oposición a un enemigo que tenía que eliminar, porque se lo consideraba la causa de la crisis social. En América Latina se había impuesto el modelo de sustitución de importaciones, pero entró en crisis cuando
La crisis que afectó a todos los países del planeta alrededor de 1973 puede comprenderse como un estancamiento de la fuerza de trabajo empleado en la producción industrial. El crecimiento económico parece haber alcanzado lo técnicamente posible, de manera que sólo hay posibilidades intensivas de desarrollo que se utilizan de manera óptima con las nuevas tecnologías. Si el crecimiento extensivo encuentra obstáculos, sólo se puede producir riqueza de forma especulativa. En consecuencia, al crecimiento tecnológico y especulativo le corresponde un estancamiento del empleo y de las inversiones productivas (nota 55).
El proceso de la globalización no se deja representar ya por la dependencia simple entre un centro desarrollado y unos países dependientes, o como una relación de exclusión Norte-Sur. Hay múltiples centros de poder, rodeados por todas partes de contornos excluidos social y económicamente. Estos núcleos son producidos por la libertad de los flujos de mercancías y capitales, libertad que significa ausencia de intervenciones en el mercado, gracias, en buena medida a una acción de los Estados para facilitar estos flujos, fomentándolos por medio de subvenciones enormes. Proceso paradójico, que pide la supresión de las funciones sociales del Estado, y vive del proceso de interacciones entre los Estados y los nodos que concentran poder. En la comprensión neoliberal este proceso se llama "competencia", y su victoria "eficiencia". No ve un tipo de función social del Estado que genera ni su intervención, sino que piensa este proceso como ocurriendo gracias a las leyes automáticas del mercado.
El proceso de globalización bloquea las posibilidades de inversión en capital productivo, que incrementaría la productividad industrial, agraria y de las materias primas. Los centros de poder crecen gracias al uso intensivo del trabajo; sólo pocas veces se ha dado un crecimiento extensivo, más allá de los límites de estos centros de poder. Esto explica la tendencia hacia un estancamiento dinámico de estos centros en su conjunto. Las nuevas inversiones en capital productivo, que tiene que ser protegidas y fomentadas para que sean competitivas, rara vez se hacen. Como efecto, aunque el capital se incremente en los centros de poder, no se puede fomentar el crecimiento del entorno excluido. Las multinacionales crecen bajo la premisa de la división mundial del trabajo, que necesita la libertad de flujos de dinero y de mercancías, pero estas condiciones hacen imposible un crecimiento extensivo del capital productivo.
Una pieza clave del entramado de la globalización ha sido la teoría de las ventajas comparativas. Para esta teoría, el comercio internacional libre necesariamente va en beneficio de todos los países implicados. Si un país no tiene ventajas, se transforma en un consumidor, pues se considera que comprar barato es la mejor manera de comprar. No obstante, como lo está demostrando la experiencia de los países latinoamericanos, el libre comercio es más costoso que la compra más barata, pues destruye las producciones que habría permitido determinados ingresos. "Al destruir estas producciones, sin sustituirlas por producciones nuevas y más eficientes, se pierden aquellos ingresos sin ninguna contrapartida igual o mayor. Sin embargo, los teóricos de la teoría de las ventajas comparativas no toman jamás en cuenta estos costos. Por consiguiente, y en contra de la experiencia cotidiana, hablan de manera indiscriminada de ventajas y jamás de pérdidas" (nota 56).
En consecuencia, aparecen muchos más capitales de los que sería posible invertir en producción. Una parte considerable de dichos capitales se invierte en capitales especulativos, que deben tener al menos la misma rentabilidad que el capital productivo. Esto desata la búsqueda de posibilidades de ubicación rentable de los capitales especulativos. Tales posibilidades existen, ante todo, en aquellos sectores de la sociedad que habían sido desarrollados fuera del ámbito de los criterios de rentabilidad. Las actividades del estado son el prototipo de los sectores que se transforman en esferas para el capital especulativo. Esto explica la presión global para privatizar las funciones del Estado:
Como se hace del trabajo humano un objeto del mercado y se ven las posibilidades de competencia en los más bajos salarios, la presión por obtener cualquier empleo iguala los niveles salariales hacia abajo e incrementa la concentración del ingreso. Esos ingreso altos tiene mayor inclinación al ahorro, que tiende a crecer a través del capital especulativo, y se invierte, por ejemplo, en las nuevas privatizaciones. Pero las privatizaciones agudizan este problema, de manera que se tiende hacia la reducción del bienestar neto de la población por la cada vez mayor concentración del capital.
Por otro lado, los nuevos centros de poder, que estaban representados por los países Asiáticos, no han surgido por el sometimiento a la globalización, sino porque aprovecharon sus posibilidades, a través de modelos con un activo papel del Estado y de las empresas, que buscan la vinculación de sus productos y capitales en la economía mundial, para un desarrollo de las empresas locales como multinacionales. Para fomentar el desarrollo, estos Estados recurrieron a tasas aduaneras de protección, limitaciones cuant |