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Antes de entrar en materia, es mi deber advertir
al lector respecto a tres cosas: primero, en el presente artículo
no trato de responder a la pregunta ¿qué es el derecho? aunque
algunos fragmentos pueden verse como aproximaciones a tal cuestión;
segundo, no trataré de argumentar a favor o en contra de posición
alguna, simplemente trataré de exponer una postura cuya conveniencia
y coherencia podrá juzgar el lector, y; tercero, he tratado
de omitir la referencia a cuestiones técnicas del Derecho, ello
porque considero que mi conocimiento del mismo es superficial
(recuérdese que no soy abogado).
I. Rayuela y Derecho, una analogía
“Golosa”, es el nombre más común del juego.
Algunos lo llaman “Rayuela”. Consiste en una prueba de habilidad
psicomotriz en la que un jugador lanza un objeto sucesivas veces
sobre un tablero, compuesto éste por varias líneas que delimitan
ciertas áreas, con el objeto de recorrer una por una tales áreas,
saltando en un solo pie. Las reglas no son muy difíciles, y
entre ellas se incluye: está prohibido caer dos veces consecutivas
sobre la misma área; está prohibido que el pié que no está siendo
usado como punto de apoyo toque el piso durante la operación;
está prohibido caer sobre el área dentro de la cual cayó el
objeto arrojado antes de comenzar a saltar y; está prohibido
pisar cualquiera de las líneas que delimitan el tablero. No
creo que necesite enumerar la totalidad de las reglas de la
Rayuela, pues se trata de un juego que todos conocemos y que
seguramente hemos jugado en algún momento de nuestras vidas.
Aquellos que lo jugamos recordamos haber estado envueltos alguna
vez en una conversación como la siguiente:
Niño 1 : ¡Perdiste!,
¡pisaste la raya!
Niño 2 : ¡No es cierto!,
¡no la pisé!
Niño 1 (muy alterado)
: ¡Sí!, ¡sí!, ¡sí!, ¡sí la pisaste!
Niño 2 (gritando):
¡No!, ¡no!, ¡no!, ¡no la pisé!
Niño 1 : ¡Que sí!,
¡y aquí está la prueba! (señalando un borrón en la línea prolijamente
dibujada con tiza blanca -robada del colegio- sobre el asfalto
negro de la calle)
Niño 2 : ¡Que no!,
¡ese borrón lo hiciste tú en el turno anterior cuando perdiste!
Niño 1 : ¡Que sí!
Niño 2 : ¡Que no!
Si la discusión terminaba convenientemente para
ambos, el juego se daba por terminado y cada uno de los niños
se marchaba, seguro de ser el ganador (al menos “moralmente”,
diríamos hoy); pero era frecuente que uno de los dos niños estallara
en llanto y corriera a los brazos de su madre a acusar al otro
(o tal vez a la alcoba de su hermano mayor demandando una golpiza
para el otro); o que el niño más grande amedrentara al otro
amenazándolo con golpearlo; en fin, el punto es que un juego
aparentemente bien determinado en sus reglas, no resultaba ser
tan claro a la hora de aplicar las reglas a ciertos casos límite.
Si ese caso no es suficientemente claro, piénsese en el caso
en que el jugador en turno lanza el objeto hacia el tablero
y éste, que para nuestro ejemplo resulta ser una roca no muy
fuerte, se divide en dos al golpear el suelo (o incluso antes,
para hacer el caso más problemático). Uno de los fragmentos
queda, efectivamente, en la casilla en la que el jugador en
turno deseaba que quedara, pero el otro no. ¿Es válido o no
el lanzamiento?, ¿podemos decidir eso apelando a las reglas
del juego? Parece que no es posible tomar una decisión sin acudir
a criterios diferentes al conjunto de reglas que más arriba
habíamos enunciado. La pregunta es ¿fallan las reglas? No, las
reglas no fallan, más aún las reglas de la rayuela son, efectivamente,
muy claras y precisas. Ambos niños estuvieron de acuerdo al
iniciar el juego (tal vez no explícitamente, pero eso no es
relevante) en que pisar cualquiera de las rayas que delimitaba
el tablero redundaría en la pérdida de la oportunidad para finalizar
el recorrido por el mismo, y estuvieron de acuerdo en que el
objeto arrojado debería caer en la casilla deseada para comenzar
a desplazarse por el tablero. La reglas nunca cambiaron, el
problema surgió en el momento de la aplicación de las reglas,
pues cada uno de los niños se utilizó a sí mismo como criterio,
obedeciendo a intereses personales. Las reglas podrían ser aplicadas
sin problemas, si se contara con un criterio objetivo que permitiera
determinar si, para el caso del primer ejemplo mencionado, el
niño 2 realmente pisó la raya (o si, para el segundo caso-ejemplo,
el lanzamiento es válido o no) . En el mejor de los casos, quien
pisaba la raya lo aceptaba sin problema, pero dado que no todos
los casos son el mejor de los casos, en ocasiones se hacía necesario
recurrir a una tercera persona (otro niño o un adulto) que hubiera
presenciado el hecho y fuera capaz de aplicar objetivamente
la regla. Ello presuponía, idealmente, dos cosas. Primera, que
la tercera persona fuera imparcial y; segunda, que los otros
dos niños se sometieran a la decisión del tercero sin objetarla.
Tal vez el lector se esté preguntando qué tiene
que ver, según el autor, la Rayuela con el Derecho. Pues con
premura respondo tal interrogante: la mayoría de sociedades
humanas no difieren mucho, esencialmente, de la Rayuela. Más
aún, en general, toda sociedad humana es muy similar a un juego
bien establecido. Cuando un grupo de personas convenimos en
vivir juntos, compartiendo un espacio y unos recursos bien determinados,
acudimos a (o creamos) un “tercero”, alguien con un criterio
objetivo, justo e imparcial, que nos facilite la resolución
de los conflictos que puedan surgir entre aquellos que pactamos
tal convenio. En general, a ese tercero lo llamamos “Estado”,
y a ese criterio lo llamamos “Derecho” [1].
No
estoy sosteniendo que el derecho pueda ser entendido literalmente
como un simple juego. Pero sí creo que en algún sentido analógico
el derecho es un juego; uno intrincado, pero un juego al fin
y al cabo. Las dos razones principales por las que digo esto
son: primero, que en tanto el derecho puede entenderse como
un conjunto de leyes y preceptos destinados a regular los comportamientos
individuales que puedan afectar al todo social, puede entenderse
también como un sistema de reglas determinadas (tales como las
que definen un juego), en el más estricto sentido formal. Y,
segundo, que tanto en el derecho como en los juegos, se presentan
situaciones no predichas por las reglas, y cubiertas someramente
por ellas, que deben ser analizadas y tratadas con coherencia
respecto al sistema total. Así, el derecho puede ser entendido
como una unidad conformada por ciertas reglas, las herramientas
para su aplicación, y unos individuos capaces, no solo de seguir
las reglas y aplicarlas, sino de modificarlas y crearlas cuando
sea necesario, ajustándose siempre al objetivo general del sistema
(social): el bien común. Los abogados pertenecen a ese conjunto
de individuos, haciendo la salvedad de que podríamos dividirlos
en dos subgrupos. Por un lado los abogados que ejecutan el derecho,
en el sentido en que se limitan a reproducir y manipular las
reglas a su antojo sin analizar ni tener una ética bien definida,
creyendo que su profesión tiene como objetivo el lucro personal;
y, por el otro, los abogados que ejercen el derecho, aquellos
que realmente entienden que su labor en la sociedad es un servicio
que requiere de un gran compromiso, un compromiso que implica
muchas cosas, entre ellas análisis, autonomía, ética, y sentido
social.
Es éste último grupo sobre el que quiero fijar
mi atención en este artículo. La pregunta clave respecto a ello
es “¿cómo formar este tipo de profesionales del derecho?” La
aparición en este artículo de tal pregunta (y, de hecho, la
aparición de este artículo) obedece también a dos razones, por
un lado la creencia en que el compromiso de de una facultad
de derecho (cualquiera sea ésta) es formar abogados que ejerzan
el derecho y no que simplemente lo ejecuten (en el sentido antes
mencionado); y, por el otro, el hecho de que, en calidad de
miembro activo de esta sociedad me siento profundamente comprometido
con el desarrollo efectivo de una respuesta a la misma.
II. Filosofía en el derecho,
una necesidad
Decía más arriba que es posible ver el derecho
como un juego puesto que, primero, es concebible como un conjunto
de reglas bien determinado, y, segundo, en cuanto sistema de
reglas está sujeto a la aparición de casos que exceden la determinación
de tales reglas. Pues bien, en materia de aprendizaje del derecho,
considero que lo primero, por una parte corresponde a los saberes
adquiridos en asignaturas que llamaré “clásicas”[2]
del derecho, cuya mecánica, dados sus contenidos, ha obedecido
tradicionalmente a un esquema de cátedra en el que el estudiante
aprende el saber que ha sido construido por otros (incluso sin
involucrarse mucho en su comprensión), y, por otra parte justifica
el estudio de lógica formal en la carrera de derecho. Y considero
que lo segundo corresponde al aprendizaje (en el sentido más
práctico de la palabra) constructivo de un saber, esto es, a
la construcción y comprensión de ciertas herramientas de manejo
del derecho, por parte del estudiante mismo, ya no como un proceso
de adquisición, sino como un proceso de creación. Es en este
aspecto que es importante desarrollar en el futuro abogado las
habilidades de análisis, de comprensión y de cuestionamiento,
propias del hombre en tanto tal. Y es allí donde entra a jugar
un papel muy importante la filosofía.
Pero, y considero esto el tema central del artículo,
no me refiero a la filosofía como un saber hermético y dogmático,
formulado en términos incomprensibles para la mayoría e inalcanzable
para el común de las personas; pues tal es la imagen que de
la filosofía se ha formado, en parte por culpa del arcaico y
errado método de enseñanza de la misma en todos los niveles
(escolar y universitario[3]), y en parte
por el aislamiento en el que se sumen buena parte de los filósofos,
dado el nivel de especialización de su pensamiento. Me refiero
a la filosofía en el más literal de los sentidos. Hablo de la
filosofía como amor al saber, al conocimiento. El filósofo surge
en la antigua Grecia, hacia el siglo quinto antes de nuestra
era, en oposición al sabio. Éste quería tener mucha información
respecto al mundo; aquél no quería una información definitiva,
pues ello representaría un estancamiento en el pensamiento,
lo que quería era un continuo movimiento de preguntas, un continuo
dudar que forzara al individuo a indagar, a explicar, y a preguntar
de nuevo. Para los primeros filósofos el conocimiento era acción
e investigación, y no simple adquisición de información, él
no quería contemplar y conocer todo el mundo, sino, al menos,
entender un pedacito de éste. El filósofo veía el conocimiento
como un proceso eternamente mutable, y no como un resultado
estático. En ese orden de ideas, la genuina actitud filosófica
es la del niño pequeño que es incansable en su indagación por
las causas de los fenómenos que lo rodean, y formula hipótesis
(aunque a nuestros oídos parezcan insensatas) que comprueba
y revalúa constantemente, generando así un sistema de creencias
fuerte y cohesivo. Lastimosamente, en un proceso paulatino entre
la niñez y la adolescencia, esa actitud desaparece en la mayoría
de seres humanos de nuestra sociedad, que se convierten entonces
en perfectos candidatos para la comunidad de personajes que
se conforman con lo que les dice la modelo en la televisión
y no se cuestionan nunca sobre lo que pasa a su alrededor, permitiendo
a otros tomar las decisiones por ellos, y dominarlos a su antojo.
Es en ese sentido que creo que los estudiantes
universitarios deben estudiar filosofía. En el sentido en que
deben hacer filosofía, deben recuperar la actitud de niños inquisidores,
deshaciéndose de prejuicios y dogmas que bloquean su pensamiento
y su desarrollo como profesionales y como seres humanos. La
asignatura de filosofía debe ser un espacio para el fomento
del pensamiento. Un espacio en el que el estudiante desarrolle
sus habilidades de análisis y, especialmente, se cuestione sobre
sus creencias, sus principios rectores (su ética, su moral),
y la manera como éstos determinan su vida, su papel en la sociedad,
y su desempeño como profesionales[4].
Más aún, la asignatura de filosofía, en el ámbito
universitario, no debe limitarse a ser un espacio para entrenamiento
del pensamiento. Debe ser, además, un espacio para la presentación
de la teoría, y la construcción, por parte del estudiante, de
un metasaber de su propio saber, un saber sobre su saber; un
saber que le dé herramientas para revaluar constantemente sus
creencias de acuerdo a un sistema que sea coherente, no sólo
con sus posiciones éticas, sino con el todo social en el que
se inscribe; y que además le facilite los instrumentos para
fortalecer sus esquemas argumentativos. En la medida en que
el estudiante sea consciente de la manera como el hombre construye
conocimiento; de la manera como surge una creencia; de las diversas
maneras como es posible comprobar una hipótesis; de los diversos
criterios de verdad que deben ser tenidos en cuenta a la hora
de convertir una creencia en conocimiento; de la importancia
de tener control sobre su sistema de creencias, de modo que
no permita la imposición arbitraria de creencias por parte de
elementos externos (y con motivaciones personales); de la importancia
de la unidad y la unicidad de tal sistema de creencias, y, sobre
todo; de la importancia de la constante revaluación de tal sistema,
será no solo un mejor abogado, sino también un mejor ser humano,
uno de esos que no “traga entero” y tampoco quiere “hacer tragar
entero” a los demás.
Por ello es también muy importante el papel del
docente de filosofía en las asignaturas del mismo nombre. Es
clave que el docente sea un acompañante, un guía en el proceso
que debe ser llevado a cabo por el mismo estudiante, y no un
recitador de nombres, posturas y doctrinas. Lo importante no
será que el estudiante sea capaz de reproducir la teoría epistemológica
u ontológica de determinado autor, lo verdaderamente importante
será que el estudiante esté en capacidad de cuestionar tales
teorías y de adaptar alguna de ellas, o crear la suya con base
en el entorno social y cultural en el que se desenvuelve como
humano y se desenvolverá como profesional. El estudiante debe
estar en capacidad de discutir, de argumentar a favor y en contra
de una postura, y, por supuesto, debe ser capaz de aceptar su
error en una postura y recibir con beneplácito las críticas
que le ayuden a detectar problemas la misma.
En pocas palabras: si el derecho es similar a
un juego y algo característico de algunos juegos es que existen
casos que no están cubiertos por las reglas, entonces un abogado
no debe ser simplemente un ejecutor de normas, sino que debe
estar en capacidad de generar normas. En otras palabras, un
abogado debe ser un legislador en potencia. Pero un abogado
sólo puede ser un potencial legislador (y en general un legislador
sólo puede ser un buen legislador), si comprende cuál es la
naturaleza de las leyes, qué papel desempeñan en la sociedad,
por qué las necesitamos (si es que las necesitamos), qué nos
lleva a generarlas y, en general, un abogado sólo podrá ser
un buen abogado en tanto conozca su papel en la sociedad, en
tanto sepa qué nos lleva a asociarnos y qué es lo que estamos
buscando respecto a la asociación cuando generamos leyes.
III.
Un llamado por el retorno a la filosofía
En esa medida, se busca rescatar la asignatura
de filosofía como un espacio para la formación de ciudadanos
(labor ésta que se puede extender a la asignatura de filosofía
en el ámbito escolar), de modo que deje de ser una simple “costura”
(como se le concibe en argot popular) y recupere el papel de
preeminencia que debería tener dada su utilidad en la formación
del pensamiento del cualquier ser humano.
Es esa la idea que se debería tener –según este
artículo propone– de la filosofía en las Facultades de Derecho.
Son esas las velas que deberían empujar y guiar la generación
de las asignaturas de filosofía para estudiantes de Derecho,
y son esos, además, los principios rectores que deberían ser
tenidos en cuenta en el momento de la elaboración de los programas
de tales asignaturas. Pero más allá de eso, desde esta tribuna
quiero abogar por la extensión de esta propuesta a todas las
carreras profesionales que puedan existir. Obviamente no estoy
exigiendo ni solicitando un cambio inmediato en los programas
de todas las carreras, simplemente estoy haciendo un llamado
para que, paulatinamente, se generen los espacios adecuados
para fomentar la discusión, el análisis, y el pensamiento argumentativo
en los estudiantes, para que las universidades entreguen a la
sociedad colombiana, no solo excelentes profesionales, sino
además seres humanos éticos y coherentes.
Bogotá, D. C., septiembre de 2003