Instituto de Estudios Ambientales para el Desarrollo Política Ambiental javeriana
La Pontificia Universidad Javeriana es una institución de educación superior sin fines de lucro, de carácter privado, fundada y regentada por la Compañía de Jesús. La Universidad Javeriana busca servir a la sociedad, en especial la colombiana, procurando la instauración de una sociedad más civilizada, más culta y más justa, inspirada por los valores que proclama el cristianismo.
En el contexto de su Misión y en su compromiso con el Desarrollo Sostenible , adopta una Política Ambiental. Esta política fomenta en la comunidad universitaria una cultura ambiental responsable que se traduce en acciones coherentes dentro y fuera del campus. Para ello fortalece su participación en el desarrollo de planes, programas y proyectos para responder a los desafíos ambientales.
Entre las prioridades se dará atención a:
· Incorporar la dimensión ambiental en sus programas de investigación, docencia y extensión.
· Fomentar procesos de educación ambiental dentro de la comunidad universitaria.
· Promover el uso eficiente de los recursos naturales, en especial de la energía y el agua.
· Implementar planes de manejo adecuado de vegetación, confort en edificaciones y manejo integral de residuos sólidos y líquidos en el campus.
· Apoyar proyectos específicos de gestión, protección y conservación de los recursos naturales.
· Desarrollar e implementar tecnologías que contribuyan con el uso eficiente de los recursos naturales.
· Identificar y evaluar los impactos ambientales que afecten la comunidad en el área de influencia de la Universidad.
· Potenciar los impactos ambientales positivos.
· Prevenir, mitigar, controlar, compensar, corregir y evaluar los impactos ambientales negativos generados por las actividades de la comunidad universitaria.
· Cumplir con la normatividad ambiental vigente y participar en otros acuerdos que se generen a favor del medio ambiente.
· Promover el mejoramiento continuo de su desempeño ambiental .
Para el desarrollo de estos principios y prácticas se implementará un Sistema de Gestión Ambiental como coordinador y promotor del alcance de objetivos, metas y programas ambientales que periódicamente serán evaluados.
Legislación y Normas Ambientales Pertinentes
Carolina Vargas Estudiante de Ecología
Dentro de la política del SGA-PUJ, existe el compromiso de cumplimiento de la Legislación Ambiental pertinente para el Campus. Para esto, es importante enfatizar en la necesidad de tener evaluaciones de aspectos e impactos ambientales significativos verdaderamente efectivas que puedan asegurar, la identificación de cada una de las regulaciones pertinentes para cada caso en particular. En esta primera revisión de la legislación, se tuvieron en cuenta las más generales y que después de monitoreos específicos para cada uno de los impactos (asociados a los aspectos ya encontrados), requerirán de un pronto cumplimiento.
Así mismo, la aplicación de la Seguridad Industrial y la Salud Ocupacional en el ambiente de la Universidad , específicamente en el área de los laboratorios de la Facultad de Ciencias, alentaron hacia una revisión de la legislación relevante para estos dos temas, que una vez implementada, beneficiara a toda la comunidad que hace uso de estos servicios. Por último y teniendo en cuenta la importancia del cumplimiento de los aspectos legales para la institución, vale la pena proponer a un especialista en el tema legal, para las siguientes etapas del SGA-PUJ
4.1 Caracterización de los diferentes impactos ambientales.
4.1.1 Efluentes líquidos/aguas residuales.
Se designa con el nombre de efluentes líquidos/aguas residuales a las aguas que ingresa a la red cloacal, ya se traten de aguas cuyas características han sido modificadas como consecuencia de su uso domicilario o industrial, o del agua de lluvia que escurre por superficies consolidadas o pavimentadas y así también del agua que escurre de áreas de disposición de residuos sólidos.
Para poder determinar el estado de modificación de la calidad de un cuerpo de agua, (en este caso el de todos los efluentes de la Pontificia Universidad Javeriana) es importante considerar:
· El contenido de determinadas sustancias en el agua (concentración).
· La cantidad de tóxicos vertidos durante un periodo determinado (carga de contaminantes) ciertas propiedades y efectos de las aguas residuales ( por ejemplo, consumo de oxígeno).
Ejemplos claros dentro de los aspectos identificados para el campus Universitario está:
· Disposición inadecuada de residuos sólidos.
· Disposición inadecuada de productos químicos.
· Poco control y conocimiento acerca del canal que circula por el campus.
Contaminación térmica.
· La contaminación térmica de cuerpos de aguas superficiales se origina, fundamentalmente, por el vertido de aguas a altas temperatura provenientes de circuitos de refrigeración.
Las consecuencias pueden ser las siguientes:
· Disminución del contenido de oxígeno disuelto ( ya que la solubilidad del oxígeno se reduce a medida que aumenta la temperatura y la demanda de oxígeno aumenta a raíz de una mayor actividad metabólica de los organismos).
· Se perjudican algunos organismos y de desplaza el rango de especies.
· Disminución de la capacidad de autodepuración del cuerpo de agua superficial, es decir, se corre el riesgo de menoscabar este proceso.
Entonces para poder realizar estudios acerca de la contaminación térmica en el campus, específicamente en el área de los laboratorios de la Facultad de Ciencias, se debe tener en cuenta:
· Valores límite para la temperatura de las aguas que se van a verter en los cuerpos de agua (en grados centígrados)
· Valores límite para el rango máximo de calentamiento, las perdida por evaporación, la cantidad de oxígeno disuelto.
· Valores límite para la temperatura del cuerpo de agua superficial.
· Volumen y temperatura del agua de refrigeración descargada.
· Temperatura natural del cuerpo de agua y temperatura en el momento de la medición.
· Caudal durante el año hidrológico
· DBO/DQO
· Presencia de flora y fauna acuáticas y la función de cada uno de los biotipos.
4.1.2. Residuos Sólidos.
Pueden clasificarse como "sustancias o grupos de sustancias químicas" o también como "sustancias no específicas". Para su manejo deben estudiarse:
· Frecuencia y tipo de recolección.
· Disposición final.
· Reciclaje.
· Registro de diferentes tipos de residuos.
· Para el caso específico de los aspectos identificados en el campus de la Universidad se citan los siguientes ejemplos (ver anexos):
· manejo de contenedores y su organización en un sitio especifico ( disposición final).
· inadecuada disposición de residuos sólidos, entre ellos: hospitalarios, institucionales, mobiliarios y de construcción.
· Falta de educación acerca del reciclaje.
4.1.3. Agentes químicos.
Aquellos productos químicos tales como plaguicidas, abonos, reguladores de crecimiento, sales antihielo y otros, que se incorporan al ambiente con fines específicos, en este caso en particular, se tiene en cuenta el estudio sobre arborización en el campus y todas las actividades usadas para mejorar o modificar las condiciones de crecimiento y desarrollo de las plantas y la lucha contra plagas.
Para complementar el estudio realizado es importante tener en cuenta:
· El ámbito de aplicación.
· Forma de aplicación.
· Ocasiones en que se aplica (físicas, biológicas o económicas)
4.1.4. Cambio en el uso del suelo.
Referente a cambios como: transformaciones, intensificación y modificaciones en la cubierta vegetal relacionadas con estos cambios.
Es también una guía el trabajo ya realizado sobre la arborización en el campus.
Algunas modificaciones, traen consecuencias negativas para:
· La aptitud de los suelos (erosión, compactación, lavado de nutrientes).
· La disminución del área utilizable para silvicultura (disminución de áreas de bosque).
· Las condiciones d e vida de flora y fauna (modificación y destrucción de biotipos).
· Las condiciones climáticas (modificación de la velocidad del viento o de la tasa de contaminación).
· Denudación del terreno.
· Es la excavación y remoción de suelos, como proceso que acompaña a todas las obras de construcción.
· En este caso en particular, es importante tener en cuenta, a todas las actividades de construcción que se tengan presupuestadas en las áreas no modificadas y que sean parte de la propiedad de la Universidad.
Dentro de las alteraciones más significativas están:
· Intervención en el régimen hídrico. Dentro de este impacto se deben tener en cuenta posibles alteraciones en la permeabilidad del suelo, modificaciones en el flujo del agua y agotamiento de este recurso, así como erosión entre otros.
· Intervención en le relieve o cambios que más allá de la capa del suelo, conducen a cambios morfológicos de horizonte o del cuerpo litológico más profundo, que producen alteraciones drásticos en el paisaje natural. Así también se pueden afectar, por ejemplo: la calidad y oferta de agua, la calidad del suelo y la disponibilidad de áreas aptas para uso forestal, que no jamás volverán a recuperarse ya que el ecosistema natural preexistente fue eliminado.
4.1.5. Emisión de Ruidos.
El ruido se define como el impacto ambiental nocivo producido por sonidos que según su naturaleza, magnitud o duración, pueden resultar una amenaza para la salud humana o producir otros efectos adversos (ver anexos).
En el caso particular de la Universidad , se contempla el ruido producido por los extractores de aire y por el parque automotor que hace uso de los parqueaderos de la universidad.
4.1.6. Emisiones de sustancias gaseosas y polvos (olores asociados).
Generados directa o indirectamente por casi todas las actividades humanas. Para el campus se deben tener en cuenta: los producidos por el parque automotor, las emisiones procedentes de aplicaciones de abonos y otros, tabaco, actividades científicas en laboratorios y la posterior esterilización de los materiales usados, chimeneas, extractores de aire, cocinas, entre otros.
4.2. Normas que se han tomado como Referencia
4.2.1. NTC-ISO 14001
En un SGA, es importante tener como guía alguna norma estándar que de claridad y vigencia al trabajo realizado; por esto y aunque el sistema de la Universidad no busca certificaciones, es importante trabajar con directrices como las dadas por la NTC-ISO 14000, que facilitan y hacen que el trabajo este más enfocado en lo que realmente se desea tener como resultados. Teniendo esto en cuenta, una próxima revisión de legislación más profunda y especializada, deberá tener en cuenta entre otras, a la norma 14001, en el ítem 4.3.2 "Requisitos legales y otros" que hace referencia a la parte de la planificación que debe hacerse a todo sistema de gestión; para eso la organización, en este caso, la Pontificia Universidad Javeriana, deberá establecer y mantener procedimientos para identificar y tener acceso a los requisitos legales y otros, a los cuales se someta directamente y que sean aplicables a los aspectos ambientales de sus actividades, productos o servicios que esta preste. Entonces para poder dar cumplimiento a los requisitos legales de norma ISO, es también importante tener en cuenta los puntos propuestos por 14004 en su ítem 4.2.3 "Requisitos legales y otros", en la cual se recomienda dar respuesta a las siguientes preguntas:
· ¿Cómo la organización tiene acceso e identifica los requisitos ambientales y otros pertinentes?
· ¿Cómo mantiene al día la organización los requisitos legales y otros?
· ¿Cómo hace la organización seguimiento a los cambios en los requisitos legales y otros?
· ¿Cómo comunica la organización la información pertinente sobre los requisitos legales y otros a los empleados ( y en este caso en particular a toda la comunidad Javeriana)?
4.2.2. EMAS
Recomendaciones generales acerca de el registro de la legislación y de las regulaciones medioambientales. Debe registrarse toda la legislación y todos los requisitos reguladores relacionados con las actividades, productos y procesos de la organización. Aunque no es requisito fundamental de la norma, se recomienda recopilar un registro de toda la legislación y las regulaciones medioambientales relacionadas con los aspectos identificados y sus correspondientes impactos significativos, incluyendo acuerdos con las autoridades locales o códigos de conducta Debe existir un procedimiento escrito para identificar y tener acceso a los requisitos legales .
4.3. Legislación Ambiental Pertinente
4.3.1. Agua
Decreto 1594 / 84. Vertimientos (uso del agua y recurso líquido).
Decreto 901 / 97. Vertimientos
Ley 373 / 97. Por la cual se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua.
Ley 9 / 79. Medidas sanitarias acerca del uso del agua.
Decreto 2340 / 84. Uso del agua y residuos líquidos.
Decreto 0901 / 97. Utilización directa o indirecta del agua como receptor de los vertimientos puntuales.
Ley 0079 / 86. Consumo de Agua.
Decreto 2105 / 83. Potabilización y suministro de agua.
Decreto 1074 / 97.Estandarización ambiental en materia de vertimientos.
4.3.2. Residuos
Decreto 0605 / 96. Residuos
Resolución 2309 / 86. Residuos (residuos especiales).
Decreto 0541 / 94. Manejo de desechos de construcción.
Decreto 0357 / 97. Por el cual se reglamenta el manejo, transporte y disposición final de escombros de materiales de construcción.
Decreto 605 / 96. Prestación de servios públicos de aseo.
4.3.3. Aire
Decreto 2 / 82. Aire (emisiones atmosféricas).
Decreto 948 / 95. Aire (control de la contaminación atmosférica y protección de la calidad de aire).
Decreto 2107 / 96. Aire. Reglamenta la protección y control de la calidad de aire).
Decreto 0775 /90. Uso y manejo de plaguicidas.
Resolución 005 / 96. Niveles permisibles de emisiones de fuentes móviles a gasolina y diesel.
Resolución 0160 / 96. Emisiones máximas de fuentes móviles.
Ruido:
Decreto 0948 /95. Ruido
Resolución 8321 / 83. Protección y conservación de la Audición.
Código Nacional de Recursos Naturales:
Decreto 1608 / 78 Reglamenta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.
Resolución 107. Por la cual se establece el salvoconducto para amparar la movilización, removilización de especies y/o especimenes de los recursos naturales renovables y se determina el procedimiento para su expedición.
Ley 299 / 96. (Herbario). Protección de la flora Colombiana y sus jardines.
4.3.4. Paisaje
Decreto 959 / 2001. Reglamenta la publicidad externa visual en el D.C.
Resolución 140 / 94. Reglamenta la publicidad visual en el Territorio Nacional.
Decreto 1715 / 78. Protección del paisaje.
Decreto 0984 / 98. Por medio del cual de reglamentan las competencias en materia de arborización y manejo de silvicultura en el espacio público en la ciudad de Bogotá.
Decreto 001 / 98. Publicidad externa.
Decreto 0877 / 76. Uso del recurso forestal y sus concesiones.
Decreto 2278 / 53. Asuntos forestales.
Decreto 2787 / 80. Programa de reforestación y establecimiento de bosques privados o públicos.
4.3.5. Salud y Seguridad Industrial
*Ley 9 Enero 24 de 1979
Normas para preservar, conservar y mejorara la salud de los individuos en sus ocupaciones.
Salud ocupacional.
1.2 Objeto
1.3 Disposiciones generales
1.4 De las edificaciones destinadas a los lugares de trabajo
1.5 De los agentes químicos y biológicos
1.6 De los agentes físicos
1.7 De los valores limites en los lugares de trabajo
1.8 De la organización de la salud ocupacional en los lugares de trabajo
1.9 De la seguridad industrial
1.9.1 Maquinaria, equipos y herramienta
1.9.2 Calderas y recipientes sometidos a presión
1.9.3 Riesgos eléctricos
1.9.4 Hornos y equipos de combustión
1.9.5 Manejo, transporte y almacenamiento de materiales
1.9.6 Elementos de protección personal
1.10 De la medicina preventiva y saneamiento básico
1.10.1 Medicina Preventiva
1.10.2 Saneamiento básico
1.11 De las sustancias peligrosas, plaguicidas, artículos pirotécnicos
1.11.1 Sustancias peligrosas
1.11.2 Plaguicidas
1.12.3 Artículos pirotécnicos
1.13 Radiofísica sanitaria
* Resolución número 02400 Mayo 22 de 1979
Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Titulo I
2.1 Disposiciones generales
Capitulo I
2.1.1 Campo de Aplicación
Capitulo II
2.1.2 Obligaciones de patronos
Capitulo III
2.1.3 Obligaciones de los trabajadores
Titulo II
2.2 De los inmuebles destinados a establecimientos de trabajo
Capitulo I
2.2.1 Edificios y locales
Capitulo II
2.2.2 Servicios de higiene
Capitulo III
2.2.3 Servicios permanentes
Capitulo IV
2.2.4 De la higiene en los lugares de trabajo, orden y limpieza
Capitulo V
2.2.5 Evacuación de residuos o desechos
Titulo III
2.3 Normas generales sobre riesgos físicos, químicos y biológicos en los establecimientos de trabajo
Capitulo I
2.3.1 De la temperatura, humedad y calefacción
Capitulo II
2.3.2 De la ventilación
Capitulo III
2.3.3 De la iluminación
Capitulo IV
2.3.4 De los ruidos y vibraciones
Capitulo V
2.3.5 De las radiaciones ionizantes
Capitulo VI
2.3.6 Radiaciones no ionizantes: ultravioletas, infrarrojas y radiofrecuencia
Capitulo VII
2.3.7 De la electricidad, alterna, continua y estática
Capitulo VIII
2.3.8 De las concentraciones máximas permisibles
Capitulo IX
2.3.9 Contaminación ambiental
Capitulo X
2.3.10 De las sustancias infecciosas y tóxicas
Capitulo XI
2.3.11 De las sustancias inflamables y explosivas
Titulo IV
2.4 De la ropa de trabajo, equipos y elementos de protección
Capitulo I
2.4.1 De la ropa de trabajo
Capitulo II
2.4.2 De los equipos y elementos de protección
Titulo V
2.5 De los colores de seguridad
Capitulo I
2.5.1 Código de colores
Titulo VI
2.6 De la prevención y extinción de incendios
Capitulo I
2.6.1 De la prevención de incendios
Capitulo II
2.6.2 De la extinción de incendios
Titulo IX
2.9 De las herramientas en general
Capitulo I
2.9.1 De las herramientas de mano
Capitulo II
2.9.2
De las herramientas de fuerza motriz
Titulo X
2.10 Del manejo y transporte de materiales
Capitulo I
Del manejo y transporte manual de materiales
Capitulo II
Del manejo y transporte mecánico de materiales
Titulo XII
2.12 De la construcción
Capitulo I
De la demolición y remoción de escombros
Capitulo II
De las excavaciones
Capitulo III
De los andamios y escaleras
Titulo XIII
Del Trabajo de Mujeres
Titulo XIV
Disposiciones finales
* Decreto 614 Marzo 14 de 1984
Bases para la organización de administración de salud ocupacional en el país
* Resolución 2013 Junio 6 de 1986
Reglamentación de la organización y funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial en los lugares de trabajo
* Decreto 2177 Septiembre 21 de 1989
Readaptación profesional y empleo de las personas invalidas
Capitulo I
11.1 Principios generales
Capitulo II
11.2 Calificación de la invalidez
Capitulo III
11.3 Del trabajo y empleo
Capitulo IV
Rehabilitación por renunciación profesional
Capitulo V
Estímulos especiales a los patronos que contraten trabajadores inválidos
Capitulo VI
Consejo coordinador
Capitulo VII
Disposiciones finales
* Resolución 1016 Marzo 31 de 1989
Reglamentación de la organización y funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país
* Resolución 13824 Octubre 2 de 1989
Medida para la protección de la salud
* Resolución 1792 Mayo 3 de 1990
Valores limite permisibles para la exposición ocupacional al ruido
*Resolución 6398 Diciembre 29 de 1991
Procedimientos en materia de salud ocupacional
(exámenes de ingreso a la empresa)
* Resolución 1075 Marzo 24 de 1992
Actividades en materia de salud ocupacional: incluye fármacodependencia, alcoholismos, y tabaquismo en los P.O.S
* Decreto 1281 Junio 22 de 1994
Reglamentación de las actividades de alto riesgo
* Decreto 1832 Agosto 3 de 1994
Adopta la tabla de enfermedades profesionales
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