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Revista Ibero-Latinoamericana de Seguros

ISSN 10123-1154

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NORMAS DE PUBLICACION DE ARTICULOS

Estas son las pautas sugeridas a los autores que desean presentar textos escritos a la Revista Ibero-latinoamericana de Seguros:

Remitir el artículo al editor de la revista en medio magnético y una copia impresa. La copia impresa debe estar a espacio y medio, en papel tamaño carta y letra Times New Roman tamaño 12.

Por tratarse de una publicación con arbitraje, el Comité Editorial designará un evaluador para cada artículo y decidirá, con fundamento en el concepto del evaluador y en los criterios de rigor científico, sobre la conveniencia de su publicación. En algunos casos podrá aceptar el artículo con algunas modificaciones o podrá sugerir la forma más adecuada para una presentación nueva.

El Comité Editorial otorga prelación a la publicación de artículos que consistan en informes de investigación, o sean artículos de revisión o reflexión.

Preferiblemente han de ser inéditos y su contenido debe realizar un aporte significativo a la discusión jurídica. Eventualmente, podrán integrarse artículos, que por su importancia en el campo del Derecho de Seguros, hayan sido editados con anterioridad en otras publicaciones, lo cual será determinado por las directivas de la Revista.

Se recomienda que los artículos no excedan en su extensión las 40 páginas.

Los artículos en su presentación deben incluir un resumen en español y en ingles, cuya extensión máxima será de 25 y mínimo de 20 líneas. Igualmente, todo artículo debe incluir una sección de introducción y la determinación de palabras clave que describan su contenido.

Ejemplo:

RESUMEN 

El estudio que se presenta a consideración del lector pretende profundizar en el principio de buena fe, en sus aspectos más generales, para luego derivar el análisis a la que se ha denominado como "buena fe contractual", dado el campo particular en el que ella actúa. En relación con esta última, que cumple importantes funciones en todo el derecho de las obligaciones y de los contratos, se destaca la función que ella desempeña en la integración del contenido contractual, particularmente en cuanto, ante el silencio de las partes, la buena fe incorpora en el programa de derechos y deberes derivados del contrato, todos aquellos que surgen de la naturaleza misma de la relación o los que resultan ordinarios e la regulación de la figura típica de la que se trate (artículos 1603 del Código Civil y 871 del Código de Comercio). Finalmente, en el estudio se realiza un recuento sobre el origen y las más destacadas manifestaciones de los que se han denominado como "deberes secundarios de conducta", los cuales constituyen una de las más importantes y cotidianas expresiones del efecto integrador que tiene la buena fe respecto del contenido contractual.

Palabras Clave: buena fe, integración del contenido contractual, deberes secundarios de conducta.

ABSTRACT

The study that is presented for consideration of the reader tries to go into depth in the Good Faith Principle, in its most general aspects to later derive the analysis to which has been named "contractual good faith", due to the particular field in which it acts. In relation to the latter, which fulfils important functions in all the obligations and contracts law, the function stands out in which it carries out in the integration of the contractual contents, particularly as to, due to the silence of the parties, the good faith includes in the program of rights and duties derived from the contract, all those that rise from the nature itself of the relation or those who turn out as ordinary in the regulation of the typical figure dealt about (articles 1603 of Civil Code and 871 of the Commerce Code). Finally, in the study a recount is done about the origin and the most outstanding manifestations of those that have been named "secondary conduct rights", which constitute one of the most important and daily expressions of the integration effect that the good faith has with respect to the contractual contents.

Key Words: good faith, integration of the contractual contents, secondary conduct rights."


Las referencias de las citas se consignarán a pie de página y su enumeración será continua (no debe ser por capítulos).

Las citas bibliográficas deben presentarse de la siguiente manera:

•  Apellidos y nombres del autor y sus iniciales en mayúscula.

•  Título de la obra

•  Volumen o tomo.

•  Editorial.

•  Lugar y fecha de publicación.

•  Número de la primera y última página del trabajo consultado.

•  Si se trata de un artículo de una publicación periódica, el titulo irá entre comillas y el título de la revista o periódico en cursiva.


En la parte final del artículo se deben referenciar las obras consultadas en orden alfabético (referencias), según el primer apellido del autor, teniendo en cuenta los datos para la presentación de citas bibliográficas, numeral 7.

Al pie de página, de la primera hoja se debe transcribir la institución a la cual pertenece el autor y sus grados académicos.

A la entrega del artículo se debe diligenciar un formato con los siguientes datos:

•  Título del artículo.

•  Autor(es).

•  Institución a la cual pertenece.

•  Grados académicos.

•  Dirección completa.

•  Número telefónico.

•  Fax y dirección electrónica.


Las opiniones expresadas en los artículos de la revista son responsabilidad exclusiva de los autores.

Los artículos deben ser enviados al editor, mínimo con dos meses de anticipación a su publicación, teniendo en cuenta que la revista sale en los meses de junio y diciembre.

Publicada la revista, cada uno de los autores de artículos tiene derecho a recibir 1 ejemplar, incluyendo gastos de envío, por su participación en la edición.

La recepción de los artículos se realiza en la siguiente dirección:

Revista Ibero-latinoamericana de Seguros

Facultad de Ciencias Jurídicas

Pontificia Universidad Javeriana

revibseg@javeriana.edu.co

Calle 40 # 6 - 23 - piso 5º

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