Tratados y Convenios Internacionales


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Aun cuando muchos paÌses protegen la propiedad intelectual, son pocas las leyes entre paÌses que se han promulgado en esta ·rea. Se han negociado varios tratados y convenciones multinacionales que obligan a los paÌses firmantes a proporcionar una norma mÌnima de protecciÛn de la propiedad intelectual a los extranjeros. Los m·s importantes son:

Acuerdo de ParÌs

Conocida tambiÈn con el nombre de "UniÛn Internacional para la ProtecciÛn de la Propiedad Intelectual", este tratado multilateral ha sido firmado a la fecha por 56 paises. Este convenio confiere a los ciudadanos de cualquier paÌs firmante la misma protecciÛn y los mismos beneficios sin discriminaciÛn.

Una de las estipulaciones m·s importantes de la UniÛn de ParÌs tiene que ver con la "Prioridad de la ConvenciÛn". La fecha de prioridad del solicitante es la fecha en la que inicialmente se presenta la solicitud en el paÌs de origen del solicitante.

El convenio hace posible que el solicitante establezca esta fecha como la fecha efectiva para la aplicaciÛn de la patente, presentada en cualquier otro paÌs firmante del convenio, siempre y cuando la solicitud se presente dentro de los 12 meses ( en el caso de patentes o marcas de utilidad ) o 6 meses (en el caso de diseÒo industrial o marcas registradas ) siguientes a la fecha de prioridad.

Esto elimina al propietario la necesidad y el costo de presentar su solicitud por separado en cada paÌs, a la vez que se obtiene una protecciÛn eficaz. De esta manera, las solicitudes de terceros no pueden ser barreras a la solicitud del propietario, si el propietario presenta su solicitud dentro del perÌodo de tiempo que se prescribe en el convenio.

øSabÌa Usted que Colombia no ha firmado el acuerdo de ParÌs ?øSabe que implicaciones tiene esto?

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Acuerdo de Madrid

Este acuerdo tiene que ver con la presentaciÛn internacional de solicitudes para el Registro de Marcas. Hace posible el registro de una marca en la oficina internacional de WIPO en Ginebra.


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La UniÛn de Berna

Fundada en 1886 es la uniÛn m·s importante celebrada entre naciones para tratar exclusivamente con la protecciÛn de los derechos de autor.

Confiere al solicitante las mismas protecciones de la UniÛn de ParÌs. Ha sido firmada por 90 paises, entre ellos casi todos los paÌses de las principales economÌas del mundo.


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Sistemas Internacionales de Solicitud

En la actualidad no existe una sola manera de conseguir una verdadera protecciÛn de la propiedad intelectual. Los enfoques que m·s se acercan a ello son los que dan los convenios que establecen sistemas de presentaciÛn de solicitud internacional, entre ellos el Tratado de CooperaciÛn de Patentes - PCT.

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Tratado de Libre Comercio de NorteamÈrica, MÈxico y Canad·. - NAFTA

Este tratado es un acuerdo que contribuye significativamente a la protecciÛn de la PI en MÈxico. El acuerdo reconoce que, como mÌnimo, es necesario se tenga acceso y se hagan cumplir las principales convenciones internacionales relacionadas con la PI.


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GATT / TRIPS

TRIPS (Acuerdo de Comercio de los Derechos de Propiedad Intelectual) surge como resultado de las negociaciones comerciales internacionales de la Ronda Uruguay, en 1993, celebrada bajo el patrocinio del GATT ( Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio ).En el ·rea de patentes, la comercializaciÛn sin autorizaciÛn de una patente constituye una violaciÛn del acuerdo. Se amplÌa tambiÈn a las ·reas de tecnologÌa, productos farmacÈuticos, programas de computador y los inventos e innovaciones que surgan de la nueva tecnologÌa y que no est·n protegidos en muchos paises.


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Tratado de Cartagena

Colombia suscribiÛ el Acuerdo de Cartagena, el cual cobija a los paises del Pacto Andino. Este acuerdo realiza un manejo de la prioridad similar al Acuerdo de ParÌs, pero sÛlo para los paÌses del pacto Andino que lo han suscrito

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