Tratados y Convenios
Internacionales
Aun cuando muchos paÌses protegen la
propiedad intelectual, son pocas las leyes entre paÌses que se
han promulgado en esta ·rea. Se han negociado varios tratados y
convenciones multinacionales que obligan a los paÌses firmantes
a proporcionar una norma mÌnima de protecciÛn de la propiedad
intelectual a los extranjeros. Los m·s importantes son:
Conocida tambiÈn con el nombre de
"UniÛn Internacional para la ProtecciÛn de la Propiedad
Intelectual", este tratado multilateral ha sido firmado a la
fecha por 56 paises. Este convenio confiere a los ciudadanos de
cualquier paÌs firmante la misma protecciÛn y los mismos
beneficios sin discriminaciÛn.
Una de las estipulaciones m·s importantes de
la UniÛn de ParÌs tiene que ver con la "Prioridad de la
ConvenciÛn". La fecha de prioridad del solicitante es la
fecha en la que inicialmente se presenta la solicitud en el paÌs
de origen del solicitante.
El convenio hace posible que el solicitante
establezca esta fecha como la fecha efectiva para la aplicaciÛn
de la patente, presentada en cualquier otro paÌs firmante del
convenio, siempre y cuando la solicitud se presente dentro de los
12 meses ( en el caso de patentes o marcas de utilidad ) o 6
meses (en el caso de diseÒo industrial o marcas registradas )
siguientes a la fecha de prioridad.
Esto elimina al propietario la necesidad y el
costo de presentar su solicitud por separado en cada paÌs, a la
vez que se obtiene una protecciÛn eficaz. De esta manera, las
solicitudes de terceros no pueden ser barreras a la solicitud del
propietario, si el propietario presenta su solicitud dentro del
perÌodo de tiempo que se prescribe en el convenio.
øSabÌa Usted que Colombia no ha firmado el
acuerdo de ParÌs ?øSabe que implicaciones tiene esto?
Este acuerdo tiene que ver con la
presentaciÛn internacional de solicitudes para el Registro de
Marcas. Hace posible el registro de una marca en la oficina
internacional de WIPO en Ginebra.
Fundada en 1886 es la uniÛn m·s importante
celebrada entre naciones para tratar exclusivamente con la
protecciÛn de los derechos de autor.
Confiere al solicitante las mismas
protecciones de la UniÛn de ParÌs. Ha sido firmada por 90
paises, entre ellos casi todos los paÌses de las principales
economÌas del mundo.
En la actualidad no existe una sola manera de
conseguir una verdadera protecciÛn de la propiedad intelectual.
Los enfoques que m·s se acercan a ello son los que dan los
convenios que establecen sistemas de presentaciÛn de solicitud
internacional, entre ellos el Tratado de CooperaciÛn de Patentes
- PCT.
Este tratado es un acuerdo que contribuye
significativamente a la protecciÛn de la PI en MÈxico. El
acuerdo reconoce que, como mÌnimo, es necesario se tenga acceso
y se hagan cumplir las principales convenciones internacionales
relacionadas con la PI.
TRIPS (Acuerdo de Comercio de los Derechos de
Propiedad Intelectual) surge como resultado de las negociaciones
comerciales internacionales de la Ronda Uruguay, en 1993,
celebrada bajo el patrocinio del GATT ( Acuerdo General sobre
Aranceles Aduaneros y Comercio ).En el ·rea de patentes, la
comercializaciÛn sin autorizaciÛn de una patente constituye una
violaciÛn del acuerdo. Se amplÌa tambiÈn a las ·reas de
tecnologÌa, productos farmacÈuticos, programas de computador y
los inventos e innovaciones que surgan de la nueva tecnologÌa y
que no est·n protegidos en muchos paises.
Colombia suscribiÛ el Acuerdo de Cartagena,
el cual cobija a los paises del Pacto Andino. Este acuerdo
realiza un manejo de la prioridad similar al Acuerdo de ParÌs,
pero sÛlo para los paÌses del pacto Andino que lo han suscrito
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