Junta Central de Contadores

Circulares

CIRCULAR EXTERNA NUMERO 048 DE 2006

(noviembre 1°)

Referencia. Convocatoria a elecciones de los Representantes de los Decanos de las Facultades de Contaduría Pública ante el Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

La Junta Central de Contadores, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 31 de la Ley 43 de 1990,

CONVOCA:

A todas las Facultades de Contaduría Pública del país, a la Asamblea de Elección de los dos (2) representantes de los Decanos de las Facultades de Contaduría Pública ante el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, a celebrarse el día 24 de noviembre de 2006, a las 9:00 a. m., en el Auditorio de la Junta Central de Contadores, ubicado en la Calle 96 N° 9 A - 21 de la ciudad de Bogotá, D. C.

Trámite de inscripción y asamblea de elección

Las solicitudes de inscripción de los Decanos de Facultades de Contaduría Pública de las Instituciones Universitarias interesadas en participar en la asamblea de elección de sus representantes ante el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, deberán radicarse, junto con los poderes conferidos -de haberse decidido la participación a través de apoderado-, a más tardar el día 17 de noviembre de 2006 a las 4:00 p. m. en la Dirección Administrativa de la Junta Central de Contadores, Calle 96 N° 9 A- 21 de Bogotá, D. C.

La Dirección Administrativa de la Junta Central de Contadores entregará las credenciales que acrediten la inscripción, durante los días 22 y 23 de noviembre de 2006, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.

Los Decanos que asistan en representación de Facultades de Contaduría Pública con sede en ciudades distintas a Bogotá, podrán reclamar el documento de acreditación en el recinto de la asamblea, durante la hora anterior a la prevista para la realización de la asamblea.

Sólo se aceptará la participación de las Facultades de Contaduría Pública inscritas dentro de los plazos previstos en la presente convocatoria, cuyos representantes se encuentren debidamente acreditados ante la Junta Central de Contadores.

La Asamblea de elección convocada a través de la presente circular, se realizará en la fecha y hora previstas, con la participación de los Decanos de Facultades de Contaduría Pública debidamente inscritos o, de haberse delegado su participación, con la intervención de sus apoderados debidamente constituidos.

Cuando los Decanos deleguen su representación, deberán conferir poder especial a un (1) representante de la Institución Universitaria que tenga la calidad de Contador Público. Dichos poderes, que se radicarán con la solicitud de inscripción dentro del plazo establecido en esta convocatoria, o dentro de la hora anterior a la fecha prevista para la realización de la asamblea, deberán conferirse mediante documento escrito, con indicación del nombre del poderdante y del apoderado, la constancia de aceptación y el objeto específico de su otorgamiento. Corresponderá al Presidente y al Secretario de la Asamblea verificar la idoneidad de tales documentos.

Previa postulación de los nombres de los interesados en asumir la representación de los Decanos ante el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, los asambleístas debidamente acreditados elegirán, con la mayoría de votos presentes, el presidente y el secretario de la asamblea, este último encargado de elaborar el acta donde consignen las decisiones adoptadas, cuya aprobación corresponderá a la comisión designada para el efecto.

Se recuerda igualmente, que en los términos del inciso final del artículo 30, en concordancia con el artículo 1° de la Ley 43 de 1990, los profesionales de la Contaduría Pública que aspiren a ser elegidos representantes de los Decanos ante el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, deben ser Contadores Públicos y acreditar experiencia profesional no inferior a diez (10) años, término que se computa a partir de la fecha de su inscripción en la Junta Central de Contadores.

Comisiones

Del seno de la asamblea se integrarán las comisiones de escrutinio y de aprobación de acta, compuesta cada una por dos (2) miembros, postulados y elegidos por los asistentes a la reunión.

Quórum, Elección y Decisión

En los términos previstos por el artículo 31 de la Ley 43 de 1990, habrá quórum para deliberar cuando se encuentren representados por lo menos la mitad más uno de los Decanos de Facultades de Contaduría Pública del país, debidamente inscritos en los términos de la presente circular.

Cada Institución Universitaria con Facultad de Contaduría Pública debidamente inscrita para la asamblea de elección, tendrá derecho a un (1) voto. Las decisiones se adoptarán por la mayoría absoluta de los inscritos, presentes en la asamblea.

Para la realización de la elección los asistentes inscritos definirán el procedimiento de elección y declararán la elección de los representantes de los Decanos ante el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en atención a los parámetros establecidos por la propia asamblea.

Si no se reuniere el quórum necesario para deliberar, la Junta convocará una nueva sesión que deberá efectuarse dentro de los quince (15) días siguientes, oportunidad en la cual la asamblea podrá decidir por mayoría, cualquiera que fuere el número de asistentes. Lo anterior según lo previsto en el artículo 31 de la Ley 43 de 1990

Período y posesión

Los representantes de los Decanos de Facultades de Contaduría Pública ante el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, tomarán posesión de sus cargos ante el Presidente del organismo y tendrán un período de dos (2) años, contados a partir del mes de enero siguiente a la fecha de su elección.

De conformidad con el artículo 32 de la Ley 43 de 1990, los miembros del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, podrán ser reelegidos.

Atentamente,

El Presidente,

Héctor Jaime Correa Pinzón.

Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Davivienda 0114709. 16-XI-2006. Valor $199.900