Preguntas frecuentes - Voces Javerianas
Activar el Protocolo permite realizar una adecuada atención a aquellas personas involucradas en situaciones de violencias o discriminación dentro de la Universidad. Garantizar la debida atención con las personas involucradas, además, se pueden visibilizar las situaciones de violencias que se presentan dentro o fuera del campus universitario, y así promover estrategias de prevención que permitan generar entornos inclusivos libres y de convivencia sana.
- Debes informar respecto a lo que esperas y necesitas cuando reportas el caso, y dejar por escrito en el consentimiento informado aquello a lo que no das autorización.
- Es importante que des a conocer si la situación que estás reportando es una reincidencia de la persona presunta agresora.
- Si es una tercera persona con rol de autoridad quien realiza esta narración por ti, deberá utilizar las palabras textuales que utilizaste para la narración de los hechos, por lo que se sugiere dar por escrito tu narración inicial, para evitar situaciones de renarración y por ende revictimización.
- Durante el reporte con alguna persona del Equipo Institucional PAAOS, la entrevista debes narrar los hechos de violencias y/o discriminación e informar si esta situación ya es conocida por otras personas en la Universidad o externas a esta.
- Informar si eres mayor o menor de edad.
- Recuerda que si el tipo de violencia es de abuso sexual, primero debes dirigirte a un servicio de urgencias en un periodo no mayor a 72 hora luego de ocurrido el evento, con el fin de poder acceder a la atención médica integral.
- En caso de sentir incomodidad o inseguridad con la persona que te está atendiendo, puedes cambiar de canal de atención institucional o profesional para continuar tu proceso.
Es la expresión de la voluntad de una persona basada en información completa, veraz, y clara que le permite tener consentimiento y conciencia de las repercusiones de su decisión. La persona que reporta el caso tiene el derecho de dar o no su consentimiento para acogerse a la atención, orientación, acompañamiento y seguimiento de manera libre y autónoma.
La Universidad debe informar a tus padres de familia o acudientes, sin excepción alguna, con quienes se continuará el acompañamiento correspondiente de acuerdo con tus necesidades y con los límites de la Universidad.
Durante el tiempo en el que el proceso esté abierto tendrás una comunicación directa y personalizada con la unidad del Equipo Institucional PAAOS, para realizar las gestiones pertinentes según el caso. Este acompañamiento es continuo y podrás solicitarlo cuando lo necesites hasta el cierre formal del caso.
Durante este proceso de acompañamiento tendrás la posibilidad de:
- Vincular a otras unidades del equipo PAAOS, para tener una atención interdisciplinar y que actúen según la necesidad de la situación reportada.
- Poner en conocimiento a la dependencia a la cual pertenece la persona presunta agresora , de la situación reportada.
- Recibir orientación sobre los diferentes servicios internos a la Universidad y con los sectores externos a la misma, a los que decidas acudir de acuerdo con tus necesidades.
- Tener una comunicación directa para informar de manera inmediata nuevas agresiones o repeticiones de situaciones de violencias y/o discriminación.
- Conocer los avances y momentos en los que se encuentra el proceso con la persona presunta agresora, hasta donde los reglamentos institucionales y la ley colombiana lo permitan.
Siempre podrás decidir la continuidad o no del proceso. No obstante, si se presentan algunas de las siguientes situaciones se debe continuar con el proceso del Protocolo:
- Si la persona afectada es menor de edad.
- Si la persona presunta agresora ha cometido en el ámbito universitario otros actos de violencia, o existen algunos antecedentes de otra índole.
- Si la persona presunta agresora reporta amenazas de continuar ejerciendo violencia.
- Si la conducta de violencia sexual fue cometida por múltiples perpetradores.
- Si el informe de la persona afectada revela un patrón de perpetración en un lugar determinado o por un grupo particular.
- Si la acción presuntamente perpetrada constituye delito investigable de oficio en la normatividad penal colombiana.
La persona presunta agresora recibirá la atención por parte de la decanatura o la oficina de Gestión Humana según corresponda, ya que estos son los únicos con la potestad de adelantar acciones formativas o procesos disciplinarios. Sin embargo, siempre estarán bajo la orientación del Equipo Institucional PAAOS.
Es importante tener en cuenta que, se protegerá la identidad de la persona afectada o quien interpuso el reporte, hasta donde los reglamentos institucionales y la ley colombiana lo permitan. De igual forma, será acompañada y orientada de acuerdo a las necesidades que se presenten en el caso.
Podrás definir y gestionar, junto con las personas del Equipo Institucional PAAOS, participantes del proceso, las medidas preventivas y de cuidado según las necesidades y situaciones presentadas en tu caso. Se hará un seguimiento en el cual puedes verificar el cumplimiento de las medidas preventivas y de cuidado establecidas; las decisiones y medidas que se hayan tomado en la Resolución del Caso con la persona presunta agresora e informar dificultades u otras necesidades que se presenten durante este proceso. Después de esto se dará el cierre del proceso teniendo claridad que se puede dar cierre aun cuando algunas acciones de la Universidad o de terceros pueden continuar en curso y finalizar posteriormente.
Puedes conocer si se abrió o no un proceso disciplinario y/o acción formativa, pero no puedes tener detalles de las decisiones o sanciones tomadas al respecto, por la ley de protección de datos. Sin embargo, la información específica se puede dar siempre que el titular autorice a ser consultada o cuando su divulgación sea necesaria y solicitada para el ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial o de conformidad con las demás excepciones consagradas por la Ley.
Son las acciones que decide la decanatura a estudiantes considerados presuntos agresores, en orden a fortalecer su proceso de formación integral sobre el cuidado por la dignidad de las personas de la comunidad y la comprensión de cómo este tipo de acciones favorecen o contribuyen a la construcción de relaciones asertivas y respetuosas entre miembros de la comunidad educativa Javeriana para que ayuden a prevenir la repetición de situaciones de violencias y/o discriminación.
Si la denuncia es anónima el Equipo Institucional PAAOS tendría limitaciones para llevar a cabo los procedimientos a los que podría tener alcance de gestión de la situación reportada, no se podría hacer un acompañamiento personalizado a las necesidades particulares que pueda tener la persona afectada y, así mismo, realizar el debido seguimiento y cumplimiento de estas. Y sin consentimiento informado de la persona afectada, no se pueden adelantar procesos disciplinarios, si estos dieran lugar. En ningún momento se realizarán careos o confrontaciones entre las personas involucradas, pues es suficiente con el reporte realizado en el inicio de la activación del Protocolo.