Editorial
Reflexión
Abril 7, 2026

El bien común: una conversación por ampliar

P. Luis Fernando Múnera Congote, SJ
Rector Pontificia Universidad Javeriana

A propósito del pasado editorial de Hoy en la Javeriana, “Construir confianza, participar y cuidar la democracia desde la Universidad”, uno de nuestros lectores planteó una pregunta de fondo: ¿sabemos los colombianos cuál es el “bien común”? Y añadió: ¿qué hace la Universidad para que haya claridad en un asunto tan importante para la vida en sociedad? 

Esas preguntas han tenido eco en las redes sociales, no en su versión crispada sino en aquella que permite un diálogo sereno y fecundo. En ese espacio digital, un egresado javeriano, evocando su experiencia de formación en la Universidad, señalaba que en ella aprendió a reconocer el valor de la institucionalidad, la división de poderes, la democracia constitucional y la defensa de los derechos fundamentales, así como lo que significa ejercer un liderazgo íntegro al servicio del país en los ámbitos público o privado. 

Esta es una oportunidad valiosa para que ampliemos la conversación sobre el “bien común”: como categoría, como concepto, como horizonte de acción. Se trata de una expresión con una larga historia y un significado que ha evolucionado encontrado matices, perspectivas y problematizaciones, desde el bien común de la polis en Grecia hasta nociones contemporáneas en las que el concepto aparece como una categoría relacional, institucional y normativa. 

Habría que anotar que el bien común no se refiere ni al interés de un individuo ni al de un grupo, mayoritario o minoritario. Si bien la regla de las mayorías suele determinar con legitimidad los cauces comunes de acción, esta no garantiza que lo decidido sea el bien común; estas decisiones siempre son provisionales y susceptibles de revisión. Pensar el bien común convoca a preguntarse quién lo determina sin borrar el conflicto, la diferencia o la desigualdad. Esa última pregunta es decisiva porque buena parte de la teoría contemporánea no abandona el concepto, pero sí lo somete a crítica: muestra que el bien común puede ser una categoría fecunda o un lenguaje que encubre exclusiones, en especial, en sociedades con múltiples desiguales. 

De ahí que encontremos diversos sentidos analíticos para aproximarnos al bien común, entre otros, como criterio de legitimidad del orden político, como bien no reducible a la agregación de bienes individuales, como conjunto de condiciones de la vida social con las cuales podemos lograr una mayor plenitud, como punto de vista de la deliberación pública o como categoría que debe ser problematizada en la medida en que no basta preguntarse qué es el bien común sino quién lo nombra, desde qué posiciones y en qué condiciones de inclusión real. 

El bien común como categoría de análisis normativo-político permite evaluar si las instituciones, estructuras de toma de decisiones y procedimientos legítimos de una comunidad contribuyen efectivamente a favorecer las condiciones, relaciones y bienes compartidos sin los cuales sus miembros no pueden vivir juntos humanamente bien, deliberar con justicia y reconocerse recíprocamente como coautores de un mundo común. Tiene que ver, en suma, con aquello que permite que una sociedad no solo funcione, sino que florezca. 

Para discernir el bien común es conveniente apelar a principios de justicia para todos, a la búsqueda de participación y reconocimiento de los integrantes de la comunidad que lo busca y, en últimas, a la idea de un proyecto de vida colectivo que permita respetar la dignidad de todas las personas y garantizar una vida digna de ser vivida, en la que las personas despliegan lo que son capaces de ser y hacer (cf. Martha Nussbaum). 

Tiene que ver, a su vez, con la calidad ética de nuestro mundo común: con la justicia, con la confianza, con la verdad, con la dignidad de todas las personas, con la seriedad de las instituciones, con la posibilidad de una conversación pública respetuosa, con disentir sin destruirnos, con el cuidado de la vida, con la responsabilidad hacia las generaciones que vendrán, con la capacidad de mirar más allá de la coyuntura. 

 

El bien común como categoría de análisis normativo-político (…) tiene que ver, en suma, con aquello que permite que una sociedad no solo funcione, sino que florezca. 

 

 El bien común, si lo observamos desde la tradición educativa de las universidades con identidad jesuita, puede entenderse como un propósito que guía el conocimiento, la formación y la acción pública. Se asocia con verdad, justicia, responsabilidad democrática, reconciliación, cuidado de la casa común, apertura al otro y una opción efectiva por los vulnerables y los excluidos. 

En la Universidad Javeriana, el bien común aparece como horizonte de su misión y como criterio en su modo de proceder. Lo traduce en una tarea concreta: poner la formación integral, la generación de conocimiento y el servicio, en favor de una sociedad justa, sostenible, incluyente, democrática, solidaria y respetuosa de la dignidad humana. Y como modo de proceder, la Universidad entiende el bien común como un criterio práctico para decidir, relacionarse y actuar. 

 Afirmar el bien común desde una universidad con identidad jesuita significa sostener que la excelencia académica se potencia cuando se vincula con problemas reales y con aportar a un proyecto de vida colectivo que permita respetar la dignidad de todas las personas. Ampliar esta conversación, por tanto, fortalece y profundiza nuestras reflexiones sobre el tipo de sociedad que queremos construir y la responsabilidad que estamos asumiendo como Universidad en esa tarea. 

La conversación está abierta y es importante interrogarnos por aquello que es para un bien común, en el sentido de un nosotros que permite desplazar los intereses y necesidades de un individuo o un grupo, en aras de algo más grande que nos cohesiona y da sentido de proyecto compartido por el que vale la pena vivir y luchar, es decir, con aquello que una sociedad reconoce que ha de ser cuidado, promovido y custodiado para que la vida compartida sea digna para todos.