Actualmente, las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) son parte constitutiva del ser humano. Permiten el acceso, producción, tratamiento y comunicación de la información. Entendiendo que para la psicología es primordial comprender el comportamiento de las personas en todos los escenarios donde se expresan y relacionan libremente, los estudios sobre las actividades que se realizan en el ciberespacio se han vuelto cada vez más pertinentes, más aún cuando este se ha convertido en un campo fructífero para la comisión de delitos y la necesidad de la puesta en marcha de la justicia digital.
La criminalidad que tiene lugar en el ciberespacio ha recibido el nombre de cibercriminalidad, y es caracterizada por ser amplia, variada, cambiante y que no puede asociarse con una tecnología concreta, un grupo específico de sujetos, ni limitarse a un único sector de la actividad social. Dentro de este fenómeno se destacan los delitos informáticos, entendidos como actos dirigidos contra la confidencialidad, integridad o disponibilidad de los datos y sistemas informáticos, según lo ha establecido el Consejo de Europa.
Los criterios que se han usado para su clasificación incluyen el sujeto u objeto afectado (personas, patrimonio, sociedad, grupo de personas, software o datos), el medio por el cual se lleva a cabo (delitos que solamente podrían ser realizados por la presencia del ciberespacio y también los que cuya modalidad de comisión se compartiría tanto en el espacio físico como en internet) y el tipo de contenido que quiere ser transmitido o difundido.
Si bien en Colombia se ha legislado al respecto, por ejemplo, la Ley de delitos informáticos (Ley 1273 de 2008), las estadísticas muestran que este tipo de conductas va en aumento debido, de manera parcial, a que durante la pandemia fue necesario utilizar medios virtuales para la ejecución de actividades que solían ser presenciales, con lo cual se ampliaron las oportunidades criminales en estos escenarios.
El uso de las TIC en actividades de socialización, educación y trabajo también ha generado su incorporación a la actividad judicial como una importante fuente de información para el ejercicio probatorio. Así, la prueba digital o electrónica se entiende como el uso de las TIC y su presentación por medios digitales, como lo mencionan los expertos Oliva León y Valero Barceló, que se compone de dos elementos: uno material, que es el hardware, que es lo físico, y otro elemento intangible, el software (que corresponde a metadatos o archivos que están en su interior)
Este ha sido un tema abordado por el derecho probatorio contemporáneo (a través de la Ley 527 de 1999 y Sentencia SC2420-2019), sigue siendo uno de sus mayores desafíos, teniendo en cuenta que debe cumplir con un conjunto de criterios específicos.
Actualmente, la investigación deja ver que el fenómeno de las TIC y su relación con la justicia ha sido manejado interdisciplinariamente, debido a la complejidad de su objeto de estudio. De acuerdo con una búsqueda bibliográfica, se encontró que gran parte de las investigaciones fueron desarrolladas en el año 2020, siendo Colombia, España y Argentina los países iberoamericanos con mayor cantidad de publicaciones.
El compendio de estas investigaciones fue clasificado en tres grandes temáticas. La primera se denominó el uso de la prueba digital o electrónica en el Derecho penal, donde los autores analizan sus tipologías, los procedimientos para su obtención, incorporación, admisibilidad y valoración, así como los requisitos necesarios para su validez.
La segunda categoría se denominó Cibercriminalidad o Ciberdelincuencia, cuyos estudios abordaron temáticas como el análisis de las legislaciones sobre la penalización de este tipo de delitos, así como su proceso de investigación e imputación; la aplicación de la criminología a esta modalidad delictiva; el énfasis en los delitos sexuales, principalmente el grooming (acoso sexual a través de medios digitales), la pornografía infantil, la pedofilia y el acoso sexual, y en los delitos de violencia de pareja y de género que se cometen en estos escenarios.
Además, el análisis de los perfiles de los agresores y de las víctimas, estas últimas frecuentemente menores de 18 años; el uso de las tecnologías y de los avances en geografía, psicología, lingüística y criminalística para la generación de perfiles criminales, que permitan la búsqueda e identificación de los responsables.
En la última categoría denominada las redes sociales como medio de denuncia, se hizo énfasis en el fenómeno del escrache teniendo en cuenta que las TIC han facilitado espacios para dar a conocer hechos delictivos, principalmente relacionados con la violencia de género.
Las herramientas para la justicia digital
En el marco de la justicia digital, estas herramientas representan una fuente de información muy valiosa que jueces, abogados, peritos y psicólogos deben integrar a su desarrollo profesional desde sus apuestas éticas, epistemológicas, metodológicas, técnicas e instrumentales. Si bien la psicología forense se ha centrado en explorar la evaluación psicológica en temáticas relacionadas con el comportamiento humano en el mundo digital, uno de sus principales retos es la construcción de guías y protocolos especializados para un manejo adecuado de la información obtenida en este medio, así como la construcción de metodologías para establecer su validez y confiabilidad.
Adicionalmente, es importante el estudio de ciberdelitos que no han sido explorados a profundidad por esta disciplina. Finalmente, se reconoce la necesidad de esfuerzos interdisciplinarios entre las áreas de conocimiento comprometidas en el estudio de la cibercriminalidad, la prueba digital y los nuevos medios de denuncia, tanto en la investigación como en la aplicación de criterios, con el fin de apoyar las estrategias de monitoreo de los casos, el acompañamiento de víctimas y victimarios, así como la creación de programas idóneos de prevención e intervención, especialmente en Iberoamérica, considerando que en países anglosajones ya se están desarrollando este tipo de herramientas de prevención primaria, secundaria y terciaria.
Todo lo anterior debe impactar, también, la formación y producción de conocimiento en los escenarios de pregrado y posgrado, con el fin último de avanzar en la construcción de buenas prácticas para el abordaje del comportamiento humano en la justicia digital.
Esta columna fue escrita por el docente de la Facultad de Psicología de la Pontificia Universidad Javeriana Leonardo Rodríguez Cely; y los investigadores Camila Arbeláez Gómez; Natalia Gómez Muñoz y María Paula Almansa Castellar.
Este estudio contó con la colaboración de los estudiantes de la Pontificia Universidad Javeriana: Megan Natasha Pedraza, Mariana Giraldo, Catalina Santamaría, Ana María Sáenz, Ana María Pareja, Julieta Mora Gómez y Manuela Rivillas Serna.