En 2016 se marcó un hito en la justicia ambiental en Colombia. La sentencia T622 de la Corte Constitucional falló una tutela a favor de la protección del Río Atrato luego de sufrir la afectación por la minería. No solo ordenó a instituciones nacionales a tomar acciones para su conservación, sino que concluyó que ese río es una entidad viviente, de la cual se sostienen otras formas de vida y culturas y, por lo tanto, es un sujeto especial de derechos.
Hasta entonces, para el sistema de justicia colombiano, los derechos pertenecían exclusivamente a los humanos, pero esta decisión de la alta corte, generó un nuevo enfoque en la forma de entender y ejercer el derecho. Esta figura no solo se ha usado para enfrentar impactos en la naturaleza por contaminación, sino que ha empezado a ser aplicado a delitos relacionados al conflicto armado.
Durante la COP16, desarrollada en la ciudad de Cali, la magistrada y vicepresidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz – JEP, Belkis Izquierdo, explicó que las más de cinco décadas de conflicto armado en Colombia provocaron graves daños a los territorios, a la naturaleza y a los sitios sagrados de las comunidades ancestrales.
Durante el conversatorio ‘Naturaleza y Territorio en las justicias transicionales’, realizado en la zona azul del encuentro internacional, recalcó la necesidad de direccionar el derecho para atender a estos delitos.
“Este tribunal de justicia transicional, al implementar un modelo de justicia restaurativa, ha logrado investigar de manera integral, los crímenes cometidos contra el territorio y la naturaleza, a fin de contribuir a la satisfacción de los derechos de las víctimas a la verdad, justicia, reparación y no repetición”, explicó la Magistrada.
Para ello, la JEP ha aprovechado las posibilidades que abrió la Corte Constitucional con el fin de incorporar nuevas miradas que se adapten a los sistemas de justicia de las poblaciones colombianas. Estos no solo están respaldados por la Carta Magna, sino que contienen diversas formas de entender la justicia.
“Integrar los sistemas de conocimiento y los jurídicos propios de los pueblos indígenas, negro afrocolombianos, raizales, palenqueros y rom, ha enriquecido enormemente nuestra labor judicial, tradicionalmente ejercida sobre la base de un derecho occidental”, dijo en su presentación.
En el mismo sentido, Juan Carlos Arias, director de Justicia Transicional de la Fiscalía General de la Nación, explicó que la demanda actual de justicia de las comunidades, llevan a replantear los conceptos y enfoques teóricos que sostienen el derecho para ofrecer nuevas respuestas.
“El derecho penal protege libertades. En ese sentido, se enmarca en un proceso de modernidad eurocéntrica y antropocéntrica en el que se entendía que el hombre tenía derecho de apoderarse de todo. La realidad actual del mundo nos está diciendo que ese paradigma tiene que cambiar y tiene que convertirse en otro que apunte a la vida en equilibrio. Y no solo la vida humana, sino la de todos los que compartan ese valor”, planteó.
Hacia una justicia ambiental restaurativa enfocada en la diversidad
La apuesta de la Jurisdicción de Paz es que la justicia ambiental se nutra de las experiencias y visiones de los sistemas propios de pueblos étnicos. Esto no solo para identificar las infracciones de las normas, sino también para buscar nuevos recursos y formas de resarcir el daño causado.
Por ello, le están apuntando a la justicia restaurativa, en la que, quien sea encontrado responsable, no solo deberá pagar una condena, sino que, además, tiene la opción de realizar acciones que compensen parte de los daños causados a las víctimas.
En esa vía, han impulsado proyectos restaurativos que incorporan medidas de reparación y posibles sanciones restaurativas. Los firmantes de paz y otros comparecientes a esta jurisdicción, participan en acciones concretas de restauración ambiental.
Para la magistrada Izquierdo esto supone una tarea más especializada y detallada de quienes buscan y ejercen la justicia pues no se trata de aplicar normas generales, sino de entender los contextos en los que ocurrieron los hechos victimizantes.
“La experiencia de la JEP, particularmente en los macro casos territoriales de la sala de reconocimiento, nos demuestran que aquí no hay fórmulas mágicas globalizadas. Desde cada territorio se debe poder aportar a la construcción de una justicia que atiendan a las necesidades de las comunidades y del territorio”, afirmó.
Sostuvo además que estos son ejemplos de cómo quienes causaron el daño, pueden contribuir activamente a la sanación del territorio, de la naturaleza y con ellos, de las víctimas que durante décadas han sufrido los efectos de estos delitos.
Estas reflexiones en torno a la aplicación de justicia pretenden dar una respuesta más completa a las víctimas porque pueden contribuir a las reivindicaciones históricas de los pueblos, sanar las heridas del conflicto, restaurar los ecosistemas y fortalecer la articulación entre los múltiples sistemas de vida, inclusive, el de la naturaleza.
Ambos expertos finalizaron con una invitación a la academia, al sistema de justicia, y en general a la sociedad colombiana, a reconocer y construir nuevos marcos epistemológicos que superen la visión antropocéntrica y eurocéntrica y que respondan a las necesidades de justicia que se viven en los diferentes territorios del país.
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