“Ya es ley, ya es ley”, canta un numeroso grupo de mujeres que agitan pañoletas verdes al frente del Palacio de Justicia, en la Plaza de Bolívar, de Bogotá. “Ya es ley, ya es ley”, repiten incansablemente y con fuerza luego de que a través de un fallo constitucional, la Corte Constitucional decidiera, por mayoría, ampliar la despenalización del aborto.
“Ya es ley, ya es ley, ya es ley”: mujeres celebran, frente a la Corte Constitucional, la despenalización del aborto en Colombia hasta la semana 24 de gestación.
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Las pancartas vuelan, hay abrazos, llanto, alegría.
Colombia amplió la práctica del aborto libre y legal hasta la semana 24 de gestación, y una multitud lo celebró en la calle cantando y saltando con pañuelos verdes
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— Agencia Télam (@AgenciaTelam) February 21, 2022
Los magistrados Alberto Rojas, Antonio Lizarazo, José Fernando Reyes, Diana Fajardo y el conjuez Julio Andrés Ossa, lograron la mayoría con la que el aborto es legal hasta la semana 24 y, de ahí en adelante, lo sigue siendo bajo las tres causales previamente reglamentadas; cuando represente riesgo para la salud mental y física de la madre, si hay malformación del feto o en caso de acceso carnal violento, transferencia de óvulo fecundado o inseminación artificial no consentida.
Votaron en contra tres mujeres: Cristina Pardo, Paola Meneses y Gloria Ortiz, además de Jorge E. Ibáñez, mientras que los votos a favor fueron de cuatro hombres y una mujer.
Una lucha con historia en Colombia
Esta decisión es el resultado de una fuerte movilización social. “El fallo es muy importante porque permite la ampliación de lo ya decidido en la sentencia de C-355 de 2006. En pocas palabras, si en ese momento habíamos dado un paso para entender cómo impacta en la vida de las mujeres la maternidad y su derecho a elegir sobre esa maternidad, ahora nos vemos en un escenario de transformación”, explica Tania Luna Blanco, profesora de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana.
Para Luna, doctora en Derecho, el aborto, como estaba reglamentado generaba por lo menos dos situaciones. “Por un lado, no estaba siendo efectivo para evitar embarazos no deseados y situaciones sociales que desbordan y que pueden leerse en términos de salud pública, es decir, es un delito que persigue a las mujeres y que no está siendo efectivo para evitar el número de abortos en Colombia; y por el otro, está siendo discriminatorio, pues se enfoca exclusivamente en las mujeres”.

¿Qué dice el texto de la Corte Constitucional?
Además de especificar los alcances de esta decisión, la corte le ordena al Congreso –como ya lo había hecho en varias ocasiones– que formule e implemente una política pública integral “que evite los amplios márgenes de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes”. Además, le da recomendaciones al legislativo sobre qué debe tener esta ley, en donde se destaca la divulgación clara de las opciones disponibles para las mujeres gestantes durante y después del embarazo, de los métodos anticonceptivos y de planificación, entre otras.
#LaCorteInforma ⚖️ l Conducta del aborto solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la Sentencia C-355 de 2006 pic.twitter.com/J7hfhLAEeq
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“El fallo debe entenderse específicamente desde ese lugar, es decir, no como una autorización a abortar, esa es una mala lectura, sino como un espacio a entender que las vías tienen que ir de la mano de la política pública y la educación para lógicamente, no perseguir penalmente a las mujeres sino entender que esta es una problemática social que involucra, por supuesto, nuestra educación sexual y el derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos con mucha responsabilidad”, aclara Luna.
Un informe de La Mesa por la Vida y la Salud, indica que en Colombia hay 346 mujeres condenadas por el delito del aborto. Para Luna, estas mujeres podrían apelar sus condenas bajo el principio de favorabilidad. “En este escenario, las mujeres que fueron condenadas por este delito, podrían pedir una revisión de su situación condenatoria, pero eso es una consecuencia que debe darse caso a caso”, esclarece la profesora en Derecho.
Una decisión que sigue enfrentando posiciones
Para el doctor en Ética, profesor de Teología de la Pontificia Universidad Javeriana y sacerdote jesuita, Carlos Novoa, una de las discusiones que perpetúan el debate del aborto es que no hay consenso científico sobre en qué momento comienza la vida humana. “¿Inicia en el momento de la fusión del óvulo y del espermatozoide, en el momento del cigoto, en el momento del desarrollo del embrión o en el del coito?”, dijo para Pesquisa Javeriana.
Novoa, quien por sus convicciones católicas se opone al aborto, hace énfasis en que el tema amerita un debate tranquilo en el que las diferentes posturas puedan dialogar. “Dicen que los unos son asesinos, homicidas, y los que no creen en nuestra postura católica entonces que somos retardatarios. La actitud del Papa Francisco siempre ha sido el diálogo”.
En esa línea, su visión del tema se encamina en la idea de que ninguna mujer tenga que abortar: “Prevenimos con una educación sexual integral, que tiene tres dimensiones insoslayables: la médica corporal, la psicológica y la de sentido espiritual. Inclusive, hoy en día los psiquiatras y psicólogos insisten en que la educación sexual debe darse desde temprana edad y de acuerdo con la edad de cada persona. Acá también entran los padres de familia”.
Ya es de noche y los cantos de “ya es ley, ya es ley”, siguen resonando al frente del Palacio de Justicia, en los alrededores de la Plaza de Bolívar y otras partes del país. “Esta decisión abre un campo para avanzar en la política pública de la protección de los derechos de las mujeres asociados a todo tipo de libertades, vamos a tener más agendas de violencias sexuales, feminicidios y las mujeres van a seguir reivindicando la decisión de los jueces para defender su derecho a vivir una vida libre violencia”, finaliza Luna.