Las imágenes de tiburones y los llamados de atención para que se protejan inundaron las redes sociales y los espacios de los medios de comunicación, debido a la expedición de la Resolución 350 del 25 de octubre de 2019 por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, que establece las cuotas globales de pesca para el año 2020, entre ellos los tiburones sedosos.
Aunque desde 2017 se prohíbe la pesca de estos animales en aguas colombianas, hay muchas amenazas para esta especie. Una de ellas es el mercado asiático ya que sus aletas son muy apetecidas en ese continente.
Por eso expertos, ambientalistas, organizaciones no gubernamentales, instituciones públicas y ciudadanos han expuesto sus argumentos a favor y en contra sobre esta resolución (de la cual el Ministerio de Agricultura hará algunas precisiones en los próximos días). Por tal motivo dialogamos con el profesor Fabio Gómez, del departamento de biología de la Pontificia Universidad Javeriana, quien desde hace más de 10 años investiga sobre tiburones, ofrece a los lectores de Pesquisa Javeriana su propia interpretación sobre la norma que ha causado tanto revuelo.
Pesquisa Javeriana: ¿Cuál es su opinión con relación a la resolución 350 del 25 de octubre de 2019 sobre las cuotas globales de pesca para el año 2020?
Fabio Gómez: Lo primero que tengo que aclarar es que todo este revuelo se suscita por una versión amarillista de la noticia. No es que esta resolución esté permitiendo la pesca de tiburón, lo que está haciendo es regular la pesca sobre la base de lo que ya está estipulado en normas anteriores. En 2017 salió lo que nosotros llamamos la ‘Ley del aleteo’, que prohíbe la pesca de tiburón en territorio nacional (los tiburones y las rayas están protegidos por esta norma). Sin embargo, es importante reconocer que hay una pesca incidental que es imposible de evitar: cuando un barco hace pesca industrial o un pescador artesanal lanza una red no puede evitar que se capturen tiburones. Cuando se saca la red y se sube al barco pueden salir tiburones que llegan moribundos o muertos con la pesca objetivo. Por eso la norma estableció que para garantizar que no se haga el aleteo (entendido como el corte de las aletas y el desecho del resto del cuerpo) hay una cuota de pesca incidental equivalente al 35% de la pesca total. Adicionalmente existe una cuota de pesca artesanal dirigida en Colombia. En un trabajo que hicimos entre todas las personas e instituciones que trabajamos con tiburones en el país, publicamos un libro de aportes al conocimiento de la biología de las diferentes especies de tiburones en Colombia, en el que hicimos visibles nueve puntos del Caribe colombiano donde existe la pesca dirigida como parte de la seguridad alimentaria de estas comunidades, por eso hay una salvedad en dicha norma: estas comunidades que tienen al tiburón como parte de su seguridad alimentaria, también son reguladas con esta reglamentación, quedando incluidas en la cuota máxima de captura. En realidad, con esta nueva resolución se establece la forma regulatoria para la pesca en 2020, lo cual debe hacer todos los años la Autoridad Nacional de Pesca (Aunap) y los ministerios de Agricultura y Ambiente, solo así se puede mantener regulada la actividad y evitar la captura excesiva de tiburones y otras especies. Esta es una norma regulatoria, no permisiva.
PJ: ¿Esto quiere decir que está de acuerdo con las aclaraciones que hace el Ministerio de Agricultura con respecto a esta resolución?
FG: Exacto. De hecho, en la resolución 0744 del 9 octubre de 2012 se prohíbe la pesca dirigida en el territorio nacional, la resolución 0375 del 17 de abril de 2013 prohíbe el aleteo y en 2017 salió una nueva norma unificadora de las anteriores. Esta nueva directriz garantizó que se entendiera muy bien cómo debe llegar a puerto el tiburón producto de la captura incidental. En esencia, el animal no se puede “aletear”; tiene que llegar con sus aletas adheridas naturalmente al cuerpo. Se pueden hacer cortes parciales para que se puedan doblar las aletas y así se puedan guardar en las bodegas de los barcos. De esta manera se favorece la pesca objetivo: si un barco pesquero tiene, ejemplo, 10 toneladas de atún, no puede ocupar demasiado espacio con pesca incidental como el tiburón. Es claro que se estableció la prohibición de pesca de tiburones y rayas desde 2012 y 2017.
PJ: ¿Qué valor tiene la aleta de los tiburones?
FG: Como la norma establece que no se puede “aletear”, el tiburón tiene que llegar completo a puerto. Eso permite garantizar un aprovechamiento total del individuo. Si lo miramos a nivel mundial el interés principal que tienen los tiburones es su aleta: en diferentes países asiáticos se vende la sopa de aleta de tiburón a precios muy altos. Queda claro, entonces, que en esas 125 toneladas de tiburón que establece la resolución 350 del 25 de octubre de 2019 están incluidas las 5,2 toneladas de aleta. Éstas no son adicionales. Así se obliga a consumir la totalidad del animal. Con esto quiero decir que no se está promoviendo el ‘aleteo’.
PJ: ¿Se pone en riesgo la subsistencia del tiburón sedoso o sí se puede hablar de aprovechamiento sostenible de esta especie?
FG: La norma establece qué especies son susceptibles de aprovechar, lo cual se describe incluso con sus nombres científicos, para garantizar que no haya equivocaciones en ningún sentido. De estas especies establecidas en el decreto, algunas se encuentran en el apéndice II del CITES, y son las especies que usualmente hacen parte de la pesca incidental y que es necesario regular su comercio para evitar que lleguen a niveles de peligro de extinción. Esto quiere decir que las especies que no están en los listados quedan potencialmente utilizables bajo la idea de la pesca incidental y pueden ser aprovechables para la seguridad alimentaria de los pescadores artesanales. Pero también hay que recordar que hay otras estrategias, además de estas resoluciones, que buscan proteger a los tiburones: los Parques Nacionales ubicados en las costas y las Áreas Marinas Protegidas (AMP) como Corales del Rosario, el Plan de Acción Nacional (PAN Tiburones) que da a conocer la biología, la ecología y el aprovechamiento de estas especies para garantizar un proceso real de conservación y es un instrumento de política sobre el recurso tiburón.
PJ: ¿Se tienen identificadas las comunidades que se benefician de esta pesca para su alimentación y el aprovechamiento de los subproductos?
FG: Sí. Ya establecimos para el Caribe colombiano en qué zonas se hace pesca de tiburón. También hay otras zonas no identificadas en ese listado donde el pescador sale a hacer su faena y en su red puede salir un tiburón, el cual también se aprovecha. Si miramos esos valores, no son altos. Por eso, las cuotas establecidas obedecen a promedios históricos y el aprovechamiento que las comunidades le están dando a estos tiburones es completo, sin aleteo, es un recurso bien aprovechado que provee de alimento a innumerables familias que dependen de este. Se consume su carne, se aprovecha el hígado para extraer su aceite, se utilizan los dientes para hacer artesanías y se aprovecha hasta la piel para lijar botes de fibra.
PJ: Insistimos en la pregunta, ¿no se ponen en riesgo las especies que se mencionan en la resolución?
FG: Hablar de riesgo no es fácil en ese sentido porque uno de los problemas que tenemos en el país es el conocimiento de la biología y la ecología de todas las especies. Debemos hablar si en la pesca se están respetando las tallas mínimas de captura. Como es pesca incidental, estas tallas no son fáciles de regular. Sí se pueden estar capturando individuos por debajo de las tallas mínimas, sin embargo, se espera que los barcos pesqueros estén haciendo su actividad en zonas en donde habiten tiburones adultos y eso reduciría el riesgo. De igual manera en la pesca artesanal. Hay que tener claro que no se deben capturar hembras en épocas reproductivas. Deberíamos pensar que la norma se establece bajo el criterio de la conservación, aunque la dificultad radica en poder generar un registro completo porque la autoridad ambiental no tiene la capacidad operativa para tener personal en todos los lugares donde se hace pesca artesanal.
PJ: ¿Son rigurosas las instituciones en materia de vigilancia y control?
FG: En términos generales sí, pero principalmente en los puertos de desembarco. Sabemos que en esas zonas de pesca industrial se está haciendo una revisión permanente de la pesca y allí se hacen los principales registros. A estos datos eventualmente se suman los que los investigadores obtenemos en territorios donde no hay presencia institucional por la limitante operativa. Así nosotros nos convertimos en un apoyo para la autoridad porque podemos compartirles la información.
PJ: Como investigador, y según su labor permanente, ¿a qué conclusión llega en sus trabajos con los tiburones?
FG: El tiburón tiene muchos problemas. Hay un riesgo alto y por eso trabajamos con fuerza para lograr que se expidiera la ley de prohibición de la pesca del tiburón. Son especies que se reproducen de manera lenta y con unas tasas de madurez sexual de largo plazo. Eso genera que su capacidad reproductiva sea baja comparada con la extracción y por lo tanto esto las pone en alto riesgo. Por eso vemos con beneplácito que se haya generado la norma de prohibición y que además se establezcan las cuotas. Eso nos da una voz de alivio frente a la conservación, aunque recalco que no es la única estrategia de conservación y que debemos generar otras más fuertes como el fortalecimiento de las áreas marinas protegidas y mejorar los procesos comunitarios para tener alternativas productivas y así disminuir la presión pesquera sobre el tiburón. Una opción que trabajamos en Isla Fuerte, en donde llevo a cabo mis investigaciones, es fomentar la pesca del pez león. Se podrían tener canales de comercialización de esta especie, lo que contribuye a disminuir la presión y la captura incidental de los tiburones. Necesitamos generar cadenas productivas de gran valor para los pescadores.