El 14 de diciembre de 2006, en Barranquilla, alias el Loro dio sus primeras palabras. Frente a él, atentos, estaban algunas víctimas, magistrados, fiscales, testigos, periodistas, entre otros. Ese acto representó el inicio de la tercera fase del proceso de justicia transicional entre los paramilitares y el Estado colombiano, conocido como Justicia y Paz. Ese día iniciaron las ‘versiones libres’ de paramilitares desmovilizados. Wilson Salazar Carrascal, el Loro, fue el primero.
La fecha quedó en la memoria de algunos y, a partir de entonces, surgieron varias inquietudes: ¿será que Justicia y Paz es un sistema judicial efectivo?, ¿habrá impunidad?, ¿repararán a las víctimas?, y… ¿habrá verdad?
En 2016, Andrés Dávila Ladrón de Guevara y Juan David Velasco, politólogos y profesores de la Pontificia Universidad Javeriana, decidieron conmemorar los 10 años de las confesiones del Loro, tratando de establecer, precisamente, la calidad de la verdad judicial de Justicia y Paz.
¿Cómo evaluar ―medir― el cumplimiento del derecho a la verdad en Justicia y Paz de forma objetiva? Esa era la cuestión.
Entendiendo la magnitud del proyecto, Dávila y Velasco ―con un equipo de ocho investigadores―encontraron que las sentencias condenatorias realizadas por las salas de Justicia y Paz eran instrumentos cuantificables, y que en ellas había todo un universo de verdad judicial.
Recolectaron las 51 sentencias proferidas entre 2006 y 2017 ― cada una con cerca de 600 páginas― y, a partir de su revisión, teniendo en cuenta los estándares nacionales e internacionales del contenido del derecho a la verdad en instrumentos judiciales (razones de hecho, no repetición, reparación y señalamientos), analizaron y clasificaron la verdad revisando cuatro variables: la determinación de los móviles del delito, la determinación de las circunstancias de tiempo y lugar, la determinación de los responsables y la prevalencia del testimonio considerado.
Mejor dicho, buscaron responder ¿cuántas sentencias determinaron los móviles del delito?, ¿cuántas determinaron las circunstancias de tiempo y lugar?, ¿cuántas determinaron a los responsables?, ¿cuántas les dieron prevalencia a las víctimas en el testimonio?
Y, con base en esas respuestas ―las variables―, midieron el cumplimiento de los mínimos del derecho a la verdad de las víctimas y, adicionalmente, la calidad de la verdad: a mayor cantidad de elementos, la sentencia tenía una calidad alta, sin que su ausencia significara una calidad mala.
“Nosotros propusimos una metodología inédita en las mediciones de la verdad judicial de todo el mundo. Creamos un índice y un porcentaje del valor y, con estos elementos, valoramos la calidad de la verdad judicial en Justicia y Paz, clasificamos las redes de apoyo al paramilitarismo y analizamos cómo las víctimas contribuyeron o no a la narración de los hechos judiciales”, explica Velasco, quien además trabaja como asesor de la Dirección de la Unidad de Investigación y Acusación de la Justicia Especial para la Paz (JEP).
“No pretendíamos decir qué tan buena o mala es Justicia y Paz, sino bajo qué medida la verdad judicial se cumplía en mayor o menor medida”. Lina Chaparro, investigadora javeriana
Las cifras consignadas en el libro La verdad en las sentencias de Justicia y Paz arrojaron que la calidad de la verdad judicial en Justicia y Paz era baja en un 44 %, media en un 55 % y alta en un 1 %. También se evidenció que en el 72 % de las sentencias hay 573 señalamientos contra terceros (Ejército Nacional, Policía Nacional, Armada Nacional y empresarios) como presuntos miembros de la estructura paramilitar. Y, finalmente, entre otros hallazgos, se reveló que la fuente de los hechos legalizados se corresponde en su mayoría con las versiones de paramilitares (79 %), mientras que los testimonios de las víctimas ocuparon tan solo un 6 % del total.
Esas cifras y muchas otras se hicieron públicas en marzo de 2019, cuando el grupo de investigadores presentó el libro. Días después, El Espectador publicó un texto titulado “La verdad que aún nos debe la Ley de Justicia y Paz”, en el que citaba las cifras de la investigación, y comentaba: “Resulta muy difícil hablar de verdad cuando lo más básico para encontrarla no se logra determinar”.
El derecho a la verdad
“En su momento la investigación fue descontextualizada”, dice Lina Chaparro, investigadora y profesora de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Javeriana, “nuestra intención era clasificar más que calificar. No pretendíamos decir qué tan buena o mala es Justicia y Paz, sino de qué manera podían medirse los esfuerzos por el cumplimiento de los estándares jurídicos de verdad judicial en justicia transicional. Y en ese sentido son sentencias de gran calidad”.
“Lo que nosotros hacemos en el informe es valorar, a pesar de sus limitaciones, falta de recursos y demoras, el proceso de Justicia y Paz”, dice Andrés Dávila. “Lo que se contó y se cuenta gracias a Justicia y Paz ―incluyendo la voz de las víctimas y sus testimonios― devela lo que hicieron los paras en el conflicto junto con otros actores ―como los empresarios y las Fuerzas Militares―, y eso es supremamente valioso”.
Es tal el valor de Justicia y Paz ―coinciden los investigadores― que muchos mecanismos fueron adaptados o aprehendidos por la JEP. La experiencia de Justicia y Paz, y de sus magistrados y fiscales, en temas como desaparición forzada, homicidio e investigaciones de contexto ha sido vital para el desarrollo de la JEP. También han sido vitales, por ejemplo, los registros de las víctimas de secuestro con que cuenta Justicia y Paz, que fueron el primer insumo de la JEP para involucrar a las víctimas de ese crimen a manos de las FARC-EP.
“Aunque la JEP fue muy crítica con Justicia y Paz, aprendió y se nutrió de lo bueno y lo malo… pero eso casi nadie lo va a reconocer”, afirma Dávila. Y concluye: “En esta investigación estamos, en el fondo, haciendo justicia a una cantidad de información que está en las sentencias y que no se está aprovechando”.
TÍTULO DE LA INVESTIGACIÓN: La verdad en las sentencias de Justicia y Paz
INVESTIGADOR PRINCIPAL: Juan David Velasco
COINVESTIGADORES: Mónica del Pilar Burgos, Lina Chaparro, Vanessa Clavijo, Andrés Felipe Gómez, Claudia Medina Aguilar, Paula Angélica Muñoz y Diana Katherine Rico
Centro Internacional de Toledo para la Paz (CITpax), Instituto de Salud Pública, Pontificia Universidad Javeriana, Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, Departamento de Ciencia Política, Pontificia Universidad Javeriana
PERIODO DE LA INVESTIGACIÓN: 2016-2018